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Gana Ramoncín

Joshua Llorach

A falta de hacer valoraciones más profundas, ya conocemos la sentencia del juicio de Ramoncín contra alasbarricadas.org

Según la sentencia, la exoneración de responsabilidad establecida por el artículo 16 de la LSSI no es aplicable si no aparece en la web la dirección física del responsable de la página. Siguiendo dicho razonamiento, LA PRACTICA TOTALIDAD DE FOROS Y BLOGS podrían ser condenados por comentarios de terceros.

💬 Comentarios

proxitero

¿ Cuanta manteca le habran untado ?

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masapo
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BocaDePez
BocaDePez
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BocaDePez
BocaDePez
Dild0

Se me ocurre una manera de ganar dinero y putear a mi vecino q tiene un foro....

Entraré me insultaré y me llamaré ladrón anonimamente luego le denunciaré y a esperar....

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K-Beast

Muy bueno!

Te daría +1 pero es que si no no puedo comentar.

No creeis que los jueces están fuera de juego cuando se les presenta un caso como este? donde entra en juego internet, las nuevas tecnologias, no sé, me imagino un juez con 60 años que no ha visto un ordenador ni internet en su vida juzgando algo de lo que no tiene ni idea.

Saludos.

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JRaiven

Cuanta razón tienes, no se hasta que punto los jueces españoles estan al tanto de las nuevas tecnologías y me parece que este en concreto no tiene ni p. idea sobre internet. Que pena, tenemos una justicia vieja y obsoleta.

BocaDePez
BocaDePez
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BocaDePez
BocaDePez
badec

Una pregunta Josh, ¿que diferencia hay entre la demanda de Ramoncin y la de Tele2 hacia BA? Que BA tiene una direccion física del responsable de la pagina? No le comunicaron la demanda? Pues ya saben donde localizarlo, no?

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bYACO

Por cierto ahora que me acuerdo de ese tema como quedo al final la demanda de tele2 contra bandaancha

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badec

Según comentó Josh hace poco, no ha habido ninguna novedad

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BocaDePez
BocaDePez

las cosas de palacio van despacio...

Ivaner3k

gana una batalla pero la guerra es mas grande de lo que él y muchos se puedan imaginar.

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Antimonio

Si pero lo malo es que ya tiene fondos para la próxima batalla

Bodescu

Umnnn...

Donde dice que ha de aparecer la direccion fisica del responsable?

Y si lo dice... Google sera responsable de lo que se dice en Blogspot? Les demandaran a ellos por opiniones de terceros?

Es lamentable como algunos jueces interpretan (retuercen) la Ley...

Espero que se recurra, esto no puede quedarse asi.

Un saludo

🗨️ 16
alejandrosantos

No hizo mucha gracia entre los webmasters en su día. Pero está muy claro:

(link roto)

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BocaDePez
BocaDePez

El artículo 13 habla de que la responsabilidad se regulará por los siguientes artículos y el artículo 16 no contempla la obligación que se saca de la manga el juez de turno. Esa sentencia debería ser recurrida en apelación. Si se incumple el artículo 10 será sancionable por lo dispuesto en el artículo 38 pero no por lo que lo ha sido, es mezclar churras con merinas o peor.

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alejandrosantos

Justo, ha conjuntado los dos artículos y no tiene que ver. Estoy de acuerdo que lo suyo era una sanción, y a buscar la IP infractora. Por otros lares y listas escribí lo mismo que dices.

BocaDePez
BocaDePez

Estoooo yo no es que entienda mucho de leyes... pero... todos esos articulos hablan de "prestadores de servicios", y en los terminos a los que en ellos se refiere, me temo que solo son validos para los proveedores de internet y similares.

Un foro no es una prestacion de servicio, es mas, segun como lo mires (y como se constituya el foro) es un lugar de reunion de gente afin, como un club social. Yo diria que estos articulos no son de aplicacion... y si es asi, la jueza ha meado fuera de tiesto.

y repito que de leyes no tengo ni mu...

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alejandrosantos

Algunos casos conocidos:

BandaAncha vs Comunitel (comentario en web aunque reclaman por otro delito del Código Penal --> Se aplica la LSSICE

AI alberga putasgae y reclaman --> Se aplica la LSSICE y el CP

Frikipedia y su definición de SGAE --> Se aplica la LSSICE y el CP

Merodeando y SGAE Google Bombing --> LSSICE again

No son ISPs. Mira el objeto de la ley.

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BocaDePez
BocaDePez

Si.. vale, los conozco... pero... definirme "prestador de servicios", porque es a eso a lo que se esta refiriendo toda la pagina (la que has enlazado mas arriba)

Solo puedo ver una correcta aplicacion del codigo penal, si en realidad el "objeto" de la ley esta vulnerando los articulos mencionados, pero: ¿Es un simple foro un "prestador de servicios"? A eso me refiero, porque de ser asi, ya podemos ir haciendo limpieza en todos los foros porque creo que a la SGAE la hemos puesto a parir en mas del 90% de los existentes

(perdona pero para estas cosas soy cortito) :)

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badec

En la primera frase del art. 10 pone "el prestador de servicios de la sociedad de la información"

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BocaDePez
BocaDePez

Que si, que si... que lo veo... pero como le digo al amigo rwx.
Si tengo un foro... ¿soy un prestador de servicio?

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badec
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BocaDePez
BocaDePez
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badec
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sorrillo
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez

Pues al margen de otras consideraciones... vaya torpe el abogado.

Sólo con haber demostrado que la dirección de email funcionaba asunto arreglado.

Por otra parte, es curioso que si retiras los contenidos antes de que haya sentencia se considere que estás dando la razón al demandado, y si no los retiras te digan que no has sido diligente. ¿No dice la LSSI que hay que retirarlos después de una sentencia? Claro, que también dice esta Sra. juez que en este país no existe la censura previa... que le pregunten a Tele5 :)

BocaDePez
BocaDePez

Las leyes con que juzgas, ¡oh Batino!,
menos bien las estudias que las vendes;
lo que te compran solamente entiendes;
más que Jasón te agrada el Vellocino.

El humano derecho y el divino,
cuando los interpretas, los ofendes,
y al compás que la encoges o la extiendes,
tu mano para el fallo se previno.

No sabes escuchar ruegos baratos,
sólo quien te da te quita dudas;
no te gobiernan textos, sino tratos.

Pues que de intento y de interés no mudas,
o lávate las manos con Pilatos,
o, con la bolsa, ahórcate con Judas.

Francisco de Quevedo y Villegas

🗨️ 8
BocaDePez
BocaDePez

Ostia, lo que acabas de hacer

¿Sabes que te pueden demandar por esto?

🗨️ 6
BocaDePez
BocaDePez

Pues lo tienen claro, porque llevo muerto desde 1645.

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BocaDePez
BocaDePez

> "llevo muerto"

Una expresión muy de Galicia ¿verdad?

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BocaDePez
BocaDePez

Que yo sepa se dice en toda España. Al menos en León es común.

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BocaDePez
BocaDePez
Bodescu

Para llevar tanto tiempo muerto, te conservas muy bien xDDD

Un saludo

BocaDePez
BocaDePez

"llevo muerto desde 1645"

La madre que me pario! O_______o

Excalipollas

¡Gracias!

Muy al punto, muy bonito y muy preciso.

Y una demostración más de que nos enfrentamos a un problema -la corrupción en general- que ya sufrían en el Siglo de Oro, que sufrieron en la Edad Media, que sufrieron los romanos...
Se suele asumir que la democracia es más eficiente protegiendonos de la corrupción que otro tipo de regímenes. La corrupción ataca a la competitividad, a la capacidad técnica, a la capacidad económica, a la felicidad de los ciudadanos, ...
Sentáos un día, poneros a pensar e intentar obtener la lista completa de aspectos de nuestras vidas que la corrupción puede dañar. Llevad aspirinas.
Y sentáos un día a pensar si el comportamiento de nuestros políticos, de nuestros medios de comunicación, de las grandes empresas, etc- no alcanza niveles de corrupción escandalosos.
Roma no cayó por culpa de los bárbaros. Roma cayó por culpa de los romanos, de la corrupción y de una sociedad ineficiente. El 'poder' tiende a unirse y atrincherarse, a proteger a los suyos, a aprender nuevos trucos para acaparar más dinero y poder, hasta que la sociedad "parasitada" se desinfla como un globo, como esas orugas devoradas desde dentro por larvas de avispas.
A ver cuanto dura esto, y a ver qué es lo que viene después. No soy demasiado optimista en estos temas.
Saludos. :-)

BocaDePez
BocaDePez

Es curioso, que segun este juez,todos tengamos que navegar con el dni en la boca,ostias,de esto al microchip, como llevan los animales ay dos passos.

arrainahoa

No tengo ni idea de leyes a este respecto pero, ¿el registro del dominio no lleva indicado el nombre y dirección del propietario? Y es un registro público accesible por cualquiera.

Concretamente y para el dominio alasbarricadas.org en cuestión:

Registrant:
ID:ODN-803110
Name:Asociacio per la Comunicacio Horitzontal
Organization:Asoc Comunicacio Horitzontal
Street1:Carrer Maria Victoria 10 baix
Street2:
Street3:
City:Barcelona
State/Province:Barcelona
Postal Code:08014
Country:ES
Phone:+34.934215939
Phone Ext.:
FAX:
FAX Ext.:
Email:info@alasbarricadas.org

Saludos.

🗨️ 2
FuriKuri

Yo entiendo que debe aparecer en un apartado de la propia web.

alejandrosantos

Sí, pero la LSSICE lo deja claro y establece sanciones, que es lo que debió establece la juez:
(link roto)

Jamás condenarles porque no tienen culpa e incluso las imágenes no las alojaban ellos.

Psy

Tengo una mezcla de horror y estupor con matices de risa.
Ya que nos quedaba por ver despues, ya ganan hasta en esto. Que será lo siguiente? atarnos con correa, andar a 4 patas y tener a un tio dandonos con una varita en el culo "plas plas plas, bien hecho mi ninio" ???

Aunque, no habia leido lo que le habian dedicado en el foro al Mangoncín, pero no he podido evitar reirme al leer "haber si un dia de estos le da un paro cardiaco despues de haberse metido todo el dinero de las dietas en cocaina"

no puedo sino reirme..jajajaja

BocaDePez
BocaDePez

triste muy triste una vez más se nos quita libertad.

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BocaDePez
BocaDePez

Ramoncín debería ser ahorcado en una ejecución pública. Solo así, se hara justicia.

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BocaDePez
BocaDePez

Ramoncin es solo un payaso, aquí el problema es el circo amigo. S!

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BocaDePez
BocaDePez

Peazo de frase que te has currado XD

BocaDePez
BocaDePez

LOL! Que grafico!!!!

Una analogia estupenda, la verdad sea dicha

Salu2

Excalipollas

¡Plas plas plas!

Eisenreich

Un día triste para la justicia española. Salu2.

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BocaDePez
BocaDePez

no es diferente a todos los demas dias

BocaDePez
BocaDePez

youtube.com/watch?v=XkitKJtweSE

Ramoncín, aún te espera la audiencia de ViñaRock para que les cantes otra XD

Salu2

eolos

No me digas que hicieron esa cagada tan grande. Pues entonces el juez tiene razón y me cago en todo porque Ramoncín se salió con la suya por una formalidad tonta.

alejandrosantos

Algunas líneas de la sentencia:

Es del Juzgado de Primera Instancia nº 44 de Madrid de la Magistrado-Juez María José Lorena Ochoa. En ella, en los Fundamentos de Derecho, advierte que la página no recoge la obligación legal de la LSSICE (aclaramos que es la "información general" del artículo 10) de poner al "titular de la página o su domicilio para establecer una comunicación correcta y efectiva ".

A la luz de su ausencia, concluye que "sólo se les podrá hacer responsables (a los prestadores) en dos supuestos: cuando tengan conocimiento efectiva de que la infromación almacenada o que es objeto de enlace o búsqueda, es ilícita (...) y cuando teniendo este conocimiento, no actúen con diligencia ". El deber de tener los datos a disposición del destinatario del servicio, "es el que posibilita que el mismo prestador pueda tener conocimiento directo ".

De esta forma, "la omisión de dicha información o las dificultades u obstáculos para acceder a ella dejaría vacía de contenido la posibilidad de conocer el mismo prestador la difusión de los contenidos difamatorios (...) y supondría una actuación poco diligente ". Por tanto, "incumpliendo los deberes que le impone la LSSICE, procede así estimar la demanda en su integridad y la condena del demandado".

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BocaDePez
BocaDePez

Un buen patinazo de la jueza, porque son dos cosas distintas y el contenido lo puede ver en la web que para eso está. Además la sanción de la omisión de poner el domicilio es de caracter leve, por lo que basarse en una sanción leve para imponer una condena cuando el artículo 16 en que se basa dicha condena no dice nada es desproporcionado.

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alejandrosantos

A mi me parece el castigo de unas padres a unos hijos. "¿No tienes el nombre puesto? Ahí te va". No tiene otra consideración. Con lo que costó que la LSSICE fuera lo menos ambigua posible... A ver si en el recurso tienen a bien aplicarla con buen criterio.

🗨️ 2
Nova6K0

Está clarísimo que la Audiencia de Madrid va a revocar la sentencia de la juez.

Salu2

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BocaDePez
BocaDePez

Esta sentencia es erronea porque sanciona al gestor por un motivo (la no identificación) que no tiene nada que ver con el motivo de la persecución de nuestro amado amigo ramoncín (los insultos hacia su persona- qué risa, lo de persona), pero ¿quién se fía de la audiencia de Madrid? Visto el caso de la Frikipedia, yo dudaría que el recurso prospere. Y del constitucional, ¿quién apuesta por ellos? Habrá que ir a estrasburgo, nuestra casta judicial no sólo no se ha leido la ley, sino que además están todos desviados... hacia la derecha.

PACLIPEREZ

Pos en brcelona van a soltar al tio ese ,si,a ese k pasa los ratitos libres haciendole -COMPAÑIA-a las parientas,y aki no psssa na, no nos quejemos de ramoncin kel pobreton solo es un julai,pringaete pos assssin es la vida,salud y ganas.

🗨️ 3
BocaDePez
BocaDePez

Pues le sueltan porque ya cumplió su deber con la justicia.

¿Que la gente dice que va a volver a dilinquir? ¿Eso como lo saben? ¿Hemos implantado en España acaso el sistema de Minority Report?

Cuando lo vuelva a hacer pues que se le vuelva a condenar, que le vamos a hacer.

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FoSFi

Espero que no vuelva a delinquir con tu 'pareja', que entonces ya te lo pensaras mejor el "que le vamos ha hacer..."

BocaDePez
BocaDePez

No se te ha ocurrido pensar que quizas hay que cambiar la ley?

pablus77

sto es lo más aclaratorio: "El responsable es quien hace el comentario".
Lo único que se pone a disposición del público es un medio mediante el cual la gente expresa su opinión personal. Creía que en este país en la Constitución Española ponía algo acerca de la libertad de expresión. Eso sí, creo haber leido por ahi en foros de abogados que hay que escribir al inicio de la frase: "En mi opinión" para que no pueda haber acciones legales por difamación y atentado contra el honor ya que en otro caso no se considera una opinión personal si no una "acusación pública". No se si me he explicado bien.
Ejemplo:

"En mi opinión, la SGAE son unos jodidos ladrones de mierda" -> Esto es mi opinión personal y todo el mundo es libre de expresar y dar a conocer su OPINIÓN PERSONAL.

" SGAE sois unos h.... de p...." Aqui se puede considerar que no se da una opinión personal y que se quiere faltar al respeto.

Así que mi sugerencia personal es que si vais a escribir cosas duras, poner al principio de las frases "En mi opinión" y así NUNCA os podrán enjuiciar por lo que escribais.

Saludos.

🗨️ 2
BocaDePez
BocaDePez

Ramoncín ha manifestado muchas veces públicamente la profesión de su madre :)

darkdead

Osea que, en mi opnion el juez es un idiota/a de mucho cuidado y ramoncin un hijo de barrabas claro es mi opinion XD
Na apartir de ahora los foros/blogs tendran un scrip automatico que ponga en mi opinion los de la sage son unos hijos de pu..

BocaDePez
BocaDePez

Solo digo una cosa para los que insultais muy facil mente,me encantaria que ramon viera este foro y tambien lo denunciara(el moderador deberia quitar algunos post pero veo que pasa),no se puede insultar asi por asi,sigo diciendo que sois unos cobardes,te roba mas al banco con la hipoteca,y no insultas al banco como a el.

por cierto;recordad tu libertad de expresion termina cuando empieza la mia

se ha salido de madre,ha y por cierto porque no se cuenta que algunos que fueron al concierto a joderlo por cierto,se fueron con la cara calentita,porque yo page por una entrada y van cuatro y la joden,

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BocaDePez
BocaDePez

La verdad, no se si vale la pena responderte, ya que denotas ser todo un troll sin diploma. O eso o estas hablando con ironia, y no lo notificas.

El primero nos ha insultado como internautas, diciendo que somos piratas. Lo unico que somos, es consumidores de cultura. Y con cosas como el canon estan cohartando nuestro derecho a la cultura. Y tu amigo Ramoncin se ha ganado todo lo que le esta pasando, por querer ir siempre tan sobrado, y por mentir como un bellaco

Desde luego que yo insulto al banco, sencillamente porque no me roba, si yo quiero un credito, se que tengo que pagar unos intereses. Sin embargo, si yo quiero grabar en un soporte como es el CD/DVD, me obligan a poner "unos miserables centimos" para alguien que no se tendria que beneficiar, ya que no tengo el porque grabar en esos soportes material que haya creado el. Y sin embargo, con el credito puedo comprarme lo que quiera, y no tendre que pagar un extra por si me lo gasto en un televisor o me lo fundo en fiestas.

Y los del concierto, ni yo ni nadie los defendemos, aunque por otra parte a cada cerdo le llega su San Martin.

Y si, tu libertad de expresion termina donde empieza la de los demas, y la de Ramoncin no esta siendo cohartada por ningun internauta al que le haya llamado determinadas cosas. Y que yo sepa nadie le ha denunciado por injurias, a pesar de que el apoya una organizacion que nos ha llamado desde "pendejos electronicos", hasta "piratas", lo cual para mi, desde luego, es un insulto.

Un saludo.

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BocaDePez
BocaDePez

Muy bien dicho!!

BocaDePez
BocaDePez

Ramoncin es un personaje publico y como tal, al igual que tiene favores que al resto nos esta vetado, tiene que aguantar la critica publica.. como cualquier otro famoso.. asi es la ley española la respecto.

Lo del concierto no tiene nada que ver con la sentencia y el juicio, que iba de insultos en una pagina web, no lo olvides, y no hagas demagogia.

A partir de ahora ramoncin va a insultarse a si mismo en cada foro para luego irlos denunciando y ganar 600.000 euros?? venga, que la ley no es como la ha querido leer esta ignorante juez.

BocaDePez
BocaDePez

no tengas miedo a contestar,(por cierto pirata lo has dicho tu yo solo he dicho cobarde) me parece correcto tu opinion,has expresado lo que has dicho y no has llegado al insulto,bien porti.todos somos libres de hacer lo que queremos si te cobran unos centimos por el canon por grabar pues no grabes y si te cobran por la hipoteca no compres yo creo que es muy sencillo,

se puede criticar,debatir pero no insultar(mas arriba pone uno que abria que colgarle para que se haga justicia)no tengo palabras para este personaje

BocaDePez
BocaDePez

No comprendo por qué le cargan el muerto al responsable de la página, pero quizá sea cierto que debe haber una persona responsable a quien se pueda solicitar la retirada de contenidos. No, a un email no se puede mandar un burofax ni correo certificado.

No me vengais con rollos de libertad de expresión. Yo también creo en ella, pero imaginad que lo que ha colgado un usuario anónimo fuese pornografía infantil.

El webmaster no es responsable de lo que se publique, pero es el responsable de retirarlo si hay que hacerlo, más cuando alguien le avisa de lo que hay en su página. Este aviso ha de poder hacerse por escrito, certificado, y con acuse de recibo.

Saludos

sakeator

1.- Entrar en un Foro / Bloq de cualquiera al que queramos fastidiar un poquitin (o un muchín)
2.- Insultar, poner a parir, parodiar, injuriar, atentar contra el honor, etc., etc. ... a quien "queramos" (u odiemos)
3.- Realiar un Acta Testimocinal (un servicio que permite obtener un Acta Testimonial del contenido de una página web que constate lo que hay publicado en una dirección de Internet en el momento en que se hace la solicitud) a través de www.aui.es
4.- Denunciarlo
5.- Joder el Foro por injurioso ...

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Excalipollas

Te olvidas del paso 4-b

Que dé la casualidad de que te encuentres con un juez competente, o con una buena defensa al otro lado, y que en la investigación judicial se demuestre que el mensaje injurioso fue enviado por tí mismo, y que desde ese día te sentirás mal cada vez que oigas caer una pastilla de jabón :-D

Saludos

🗨️ 1
Excalipollas

Ah, y en el punto cinco habría que cambiar lo de "Joder el foro" por una forma reflexiva. :-D

jmoraf

No sé mucho de leyes, pero creo que ésta sentencia es contraria al propio derecho: en un juicio tienes que saber las causas por las que estás acusado, y tener la posibilidad de defenderte.

El juicio era por "injurias a Ramoncín", y no pudiendo llegar a nada por esa causa, se condena al acusado por otro motivo (que felizmente ha iluminado a la jueza).. no me parece un juicio justo.

Es como (por poner un ejemplo) en un juicio por injurias, te condenaran porque un dia dejaste el coche mal aparcado.

Y la sentencia (aceptar la demanda en su totalidad, aún cuando se está juzgando por otro motivo) es, entonces, desproporcionada, porque se le está condenando por otro motivo.

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BocaDePez
BocaDePez

Un pequeño apunte jurídico. En tanto en cuanto Internet permite una libertad de expresión más abierta que otros medios y la población ha adoptado este nuevo medio precisamente por este motivo, por esta cualidad, un recorte de esa mayor libertad de expresión es simplemente antidemocrático, de acuerdo con el principio de proporcionalidad. Parece que nadie lo entiende, pero a la larga acabarán aceptándolo, esto no es como la tele, no se puede controlar y no se debe controlar. Si juegan con fuego se quemarán. Ya basta de utilizar el "respeto" y el "honor" para intentar acallar a la gente que disiente que no puede/quiere salir en la tele para decirle a Ramoncín lo que piensan de él y de su querida SGAE.

BocaDePez
BocaDePez

Tenemos jueces tecnoburros. No se como ponen a una señora que no debe saber ni encender el PC a dictar sentencia en este caso.

BocaDePez
BocaDePez

A mi todos los aspectos legales se me escapan… Si las injurias hubieran aparecido en una página no alojada en un servidor de España, también se podría aplicar esta ley? Aunque la propiedad de la página la tuviera un español, se hubiera atentado al honor de un español, etc. etc…

PACLIPEREZ

LIBERTAD de expresion,?que es eso y aquien se le aplica¿ a aquel que quema las fotos,a quien de su opinion,y me convenza lo invito a una tila--de la justicia no hablo ,.yo todavia creo en la vida y en el mundo--no hagas a nadie lo que no quieras que te suceda a ti.salud y ganas.

AKsan

Parece que al final la SGAE va a conseguir todo lo que quieren y que todos los demás tengamos que pagar y callar.

BocaDePez
BocaDePez

Pues yo, despues de leer el punto quinto de los fundamentos jurídicos de la sentencia, me quedo mas bien raro porque creo que yo lo veo de forma distinta.

Por lo visto, la condena ha venido por la valoración de las pruebas presentadas en el juicio.

El magistrado considera que hay varias razones por las que, segun la valoración de las pruebas, se ha incurrido en responsabilidad por parte de los responsables del foro:

- Porque se ha incumplido el requisito del artículo 10 de la LSSI y con ello se ha puesto impedimentos para comunicar con el resposable del foro. Esto es, que para que el dueño o responsable de un foro no pueda ser empapelado si algun forero se pasa de la raya con sus opiniones, debería constar en dicho foro "Su nombre o denominación social; su residencia o domicilio o, en su defecto, la dirección de uno de sus establecimientos permanentes en España; su dirección de correo electrónico y cualquier otro dato que permita establecer con él una comunicación directa y efectiva." Aunque segun la sentencia, esto no es del todo así, mas adelante comento el por qué.

- Poruqe hay falta de prueba de que se podía haber realizado una comunicación con dicho responsable o dueño de forma sencilla, ya que por lo visto solo realizó alegaciones de que el correo "info@alasbarricadas.org" era la forma habitual de contacto, pero no presentó pruebas de ello.

- Porque no se acredita la existencia de otros medios que faciliten la labor de establecer contacto con él, como por ejemplo hubiera sido aportar como prueba la testifical de los moderadores del correspondiente foro, que a su vez supondrían, gracias a su labor continua de revisión de las opiniones y comportamientos de los foreros, otra prueba a su vez de que se aportan medios eficaces de comunicación y control de los contenidos. Incluso la declaración de varios "foreros" de que utilizan de forma habitual el e-mail de contacto para comunicarse con los responsables del foro hubiera podido valer, creo yo.

O sea, que si el dueño del foro hubiera acreditado que se podia realizar una comunicación sencilla con él, con la testifical de los moderadores o usuarios por ejemplo de que el medio habitual de contacto es el correo "info@alasbarricadas.org", no hubiera sido condenado a pesar de haber incumplido el puñetero artículo 10 de la LSSI.

O sea, que si un foro tiene moderadores o usuarios que puedan aportar prueba testifical, y se preocupa de encontrar la forma material de acreditar que hay vias efectivas para comunicar con él y solicitar la retirada de algun contenido, no habría responsabilidad por las opiniones que hicieran los foreros, aunque no se incluyera en dicho foro la dirección física de los responsables del mismo.

O sea, que con que un foro tenga moderadores o demuestre que a la dirección de contacto que se incluye en el foro es el medio que utilizan todos los usuarios del mismo para comunicarse con los responsables, no tendrían que estar obligados a hacer constar su nombre y dirección física. De esta forma, y conforme a lo establecido por el art. 16 de la LSSI, al acreditar que sí que había formas de comunicación que eran efectivas, los dos burofaxes que fueron retornados como "desconocido" no habrían podido acreditar que se habían agotado todas las vias de comunicacion posibles, recordemos el texto del ultimo parrafo del art. 16 de la LSSI:

"Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse."

Prueba de esto en el presente caso sería que el demandante no aporta prueba de haber utilizado todos los medios posibles de comunicación ofrecidos por el foro, y que recurrió a contratar a una agencia de detectives; y tambien el hecho de que el demandado retiró los contenidos en el UNICO MOMENTO en que fue notificado de la lesividad de estos, es decir, cuando como dice el art. 16 de la LSSI fueron declarados ilícitos por un órgano competente.

O eso me parece entender a mi, si no me confundo.
Y perdon por el ladrillako, pero es que a mi el Ramonchin es que me enciende...

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BocaDePez
BocaDePez

Más facil!!.

Hubiese bastado que no tuviese actividad económica .

Alasbarricadas esta sujeta al "Programa de bonificación por recomendación a vendedores" de PayPal.

Graku

Desgraciadamente aquí la justicia se aplica según con qué barita mágica...

Propongo que saquemos un blog en un país extranjero y poner a parir a este sinverguenza, estúpido, subnormal, retrogrado, savandija....CON FOTOS INCLUIDAS!!!

PACLIPEREZ

Charlando globalmente,en europa y etc ya se esta preparando como meterle la manol legalmente en el bolsillo,a todas aquellas personas,que no concuerden con la idea de pagar y callar,y como toos sabemos,no existe cosa mas efectiva para atacar el espiritu que haciendo daño en el fisico--en estos casos el bolsillo o la cartera--AH,se me pasaba con cosicas como esta se logran objetvos tan grandes como,que en España no podamos comprar ningun DVD o CD nacional--cerraron las fabricas--y un dinerillo muy importnte se este marchando de nuestro bolsillo hacia el extranjero.

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AKsan

A ellos no les importa que muchas personas pierdan el trabajo por su culpa, pero no te preocupes que sus artistas levantaran el pais y traeran una epoca dorada a España que se verá reflejada incluso en los libros de historia....

BocaDePez
BocaDePez

Yo alucino con lo de la libertad de expresión...

En el momento en el que no te dejan expresarte en un medio publico, como quieras, donde quieras y contra quien quieras, ya no es libertad.

BocaDePez
BocaDePez
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BocaDePez
BocaDePez

Mira como has aprendido la leccion, empezando "En mi opinion..." ;)

por otro lado, alguien con mucho dinero por aqui? por favor que dedique un poco a contratar detectives y seguir a esta gente para denunciarlos por todo y pagarles con su propia moneda.

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BocaDePez
BocaDePez

Me juego las pelotas a que mas de uno de la SGAE tiene copias piratas en su casa de musica y peliculas...

liberado

Primeros pasos para la dictadura,Ramoncin yo no te voy a insultar tu suso dicho honor"bastante bajo ,ya lo has dejado tu".Pero si te pillo por la calle,te iba a dar un par de ostias que ibas a flipar....cabron

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BocaDePez
BocaDePez

Pues te iba a salir bastante más barato, porque creo que de 400 euros no pasa la cosa.

Hmmmmmm........ xD

Recalcitrante

Van a apelar, menos mal: alasbarricadas.org, primer asalto

En este asunto se juega mucho más que el daño que le quieren hacer a la web alasbarricadas.org. Quien pueda que contribuya economicamente. TODOS, y sobre todo los administradores de foros nos estamos jugando mucho en este pleito.

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