BandaAncha.eu

  • 🔍 en 📰 artículos ⏎
  • 🔍 en 👇 este 📰 artículo ⏎
  • 🔍 en 💬 foros ⏎
Regístrate Regístrate Identifícate Identifícate
  • 📰 Artículos

Obligaciones jurídicas y fiscales siendo un FONero

alejandrosantos

En alguna ocasión ya habíamos contado que el modelo de FON para con los bill no quedaba demasiado claro. Al menos yo, con dos foneras en la actualidad enchufadas, no lo lograba. No terminaba de aclararse en la bitácora de Martin Varsavsky, no lo explicaban en los foros sino que te remitían a Hacienda o la Seguridad Social y todo por algo que les voy a desvelar al final de este texto.
David Maeztu, amablemente pedagógico como siempre, nos ha ahorrado un trabajo que estábamos realizando para contar qué obligaciones atan a los foneros (no se pierdan las partes I, II, III y IV). Como básicamente coincidimos -en algunos comentarios me habrán leído en términos similares- no nos vamos a repetir así que le citamos y podemos resumir, tanto para bill o linus, según sus conclusiones, en:

- Alta en IAE, declarar los ingresos o el ADSL disfrutado a precio de mercado en la declaración de la renta, aplicar el correspondiente IVA y emitir facturas.
- Alta en la Seguridad Social en el régimen de autónomos, sino se está ya.
- Cumplimiento de los requisitos de la LSSICE, en particular tener una web con los datos disponibles.
- Atención a las posibles modificaciones y responsabilidades por la LOPD, ya que aunque a priori no afectan podrían variar.
- Inscripción con caracter previo en el Registro de Operadores de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones. Sometimiento a un gran número de obligaciones de información y control. Colaboración en la interceptación de comunicaciones por parte del estado, etc.

¿Cuál es el problema que les decía al principio? ¿Cómo saber si uno debe ser autónomo? Pues si vas a la Seguridad Social, te dirán que "se entenderá como trabajador por cuenta propia o autónomo, aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas, sea o no titular de empresa individual o familiar". Resulta que la actividad no tiene por qué ser habitual pero que sí lo sean los ingresos... o a la inversa. En ese caso, hay que acudir a la jurisprudencia y el Tribunal Supremo (STS 29/10/97 y 07/05/04), unificando doctrina por cierto, estimó que esos ingresos no deberían superar anualmente el SMI.

Con eso está jugando FON, con que no está legislado y si luego tienes problemas, deberás probarlo en un juicio. En principio, si acudes a la Seguridad Social, te dirán que te des de alta sin dudarlo aunque ganes 1 céntimo. Si no lo haces y por mala suerte te descubren tendrás que probar que tus ingresos no superaron el SMI en un año.

Y ojo que por ser ingresos, en cualquier caso deberías realizar tu alta censal (modelo 036) en Hacienda y aquí vienen nuevos problemas porque si no lo haces a la vez en la Seguridad Social y luego, por crecer mucho los ingresos o dar habitualidad a tu "negocio", acudes a formar una SL o te haces simplemente autónomo, la Seguridad Social te pide las cuotas atrasadas desde tu alta en Hacienda.

En la práctica, la mayoría de la gente no declara ni se da de alta por ser pequeños ingresos. En definitiva, con todo esto te conviertes en un comercial de FON, por tu cuenta y riesgo. Él factura a un alien y tu deberías facturar a FON. Es tu conexión y tú verás si revendes (todos salvo Jazztel lo prohíben), tú verás tu situación jurídica y tu seguridad informática.

💬 Comentarios

overpeer

Un excelente trabajo, gracias. No ha hecho más que confirmar las sospechas que teniamos muchos respecto a FON.

Lástima que el mejor comentario que FON pueda dar a esto es "Si tienes dudas, FON no es para ti" ...

Un saludo.

BocaDePez
BocaDePez

El problema kizas venga para los k son bill los que son linus no revenden ni tiene ingresos por lo k realmente les da =

🗨️ 12
sibilio

En cuanto a Hacienda y Seguridad Social, no dudo que sea como dices. En lo que afecta a poner a disposición de FON (y sus usuarios) el acceso a Internet que te proporciona tu ISP... hasta ahora no ha habido ningún problema, pero no tengo yo tan claro que tu ISP no pueda actuar de algún modo contra tí.

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez

Que yo sepa, por lo menos en ONO que es lo que yo gasto en casa, hay una restricción que dicta que no se permite la salida de la señal de internet fuera de la vivienda. Vamos, que fon es totalmente ilegal con el contrato de ONO, aunque tambien sea ilegal que capen el p2p, pero bueno... parece que ahora solo capan por el día (por lo menos a mi/mi zona)

BocaDePez
BocaDePez

En realidad, los linux también pueden tener problemas, porque el hecho de poderse conectar al wifi de otros usuarios a cambio de ceder su ancho de banda, puede considerarse como una retribución en especie (que también habría que declarar a hacienda).

🗨️ 2
BocaDePez
BocaDePez

pozi, podrias tener razón.

rednoise

Si, pero no se puede demostrar por ninguna de las dos partes puesto que no hay ingresos y pagos de por medio.

BocaDePez
BocaDePez

Yo alucino con estos comentarios de verdad. Es verdad que hay igual cosas ilegales o mal hechas, pero por ejemplo cuantas personas que no son españoles estan en España trabajando y la policia los podria expulsar tranquilamente, lo mismo pasa con esto.

Ademas voy a decir algo una cosa muy clara, losm operadores ya saben si alguien un cliente tiene una fonera conectada a su router Y LO PERMITE, SI LO PERMITE. Por que no hace hace nada si no permiten REVENDER.

Muy sencillo, POR QUE PERDERIAN A TODOS LOS CLIENTES, SI PERDIDAS MILLONARIAS DE DINERO SOBRE TODO TELEFONICA. Y eso que yo tengo ADSL de TELEFONICA y una fonera conectada y no me dice NADA DE NADA. ¿POR ALGO SERA?

Hay una empresa que si va a dejar conectar la fonera aparte de Jazztel aunque Jazztel no tiene ningun acuerdo con FON, aun que la gente diga que si, ya que si Jazztel tuviera algun acuerdo con FON ya habria sacado algo al mercado o habria metido el software de FON en sus routers ¿CREO YO?

barnatel.com creo que sera diferente o sino al tiempo.

🗨️ 6
sibilio

Pensaba escribir sobre esta reflexión que haces, porque también se me había ocurrido, pero te me has adelantado. Tú estás dando por sentado que si un ISP decide echar a todos los foneros lo va a hacer aisladamente y, tal y como tú has expuesto, eso sería, comercialmente hablando, un verdadero suicidio.

Ahora bien, imagina por un momento que se reúnen todos y deciden, todos a una, dar sistemáticamente de baja a todo "fonero viviente". Sé que es un caso hipotético, que lo más seguro que no se dé.... pero la posibilidad está ahí, ¿verdad?

Pues lo siento, amigo mío, pero valoro mucho mi conexión a Internet, mi línea telefónica y mi número de teléfono como para ponerlo en riesgo de forma semejante para que al final, el único que saque tajada de esto sea ese señor de apellido Varsavsky. Como ya he dicho en otra contestación, si quiere que lo haga, que mueva su culo y hable con mi ISP para que quite la cláusula del contrato. Cuando lo haga, yo me haré fonero... incluso sin cobrar!

🗨️ 4
BocaDePez
BocaDePez

Cuando quieran que empiezen a quitar conexiones a sus clientes cualquier operador que tenga una fonera puesta lo que es fastidia es que hayga alguien como el creador de FON que siempre este hay para dar caña a los operadores, yo no pienso quitar la fonera.

Yo al menos gracias a FON ya he estado en Madrid conectado a sus red y estando mi linea de ADSL en mi casa, y he podido hacer transacciones bancarias.

Por cierto un detalle NO ESPEREIS SENTADO a que los operadores se junten en contra de FON por que lo que necesitan es clientes para sus compañias y FON casualmente necesitam de esos clientes para las FONERAS.

Creo que las operadoras PIERDEN y seguiran perdiendo. Por cierto en barnatel.com van a poner el precio de su conexión y es de 6 € al mes MAS IVA.

Ademas gracias a un acuerdo que ya tiene con FON pero que nadie lo va a desvelar voy a poder llamar, navegar, trabajar etc, etc, etc por wifi gracias a que hay una empresa seria que no pasa por telefonica y no habra porblemas de conexiones, dar de alta, bajas, etc.

davidmp

Eres el tipico tio que paga una deuda de un centimo de euro para evitar el embargo del coche (por ejemplo).

🗨️ 2
sibilio

Aún nadie me ha reclamado un céntimo de euro de deuda :-P

Si alguien lo hace y con eso me evito, como dices tú, que me embarguen el coche, evidentemente prefiero pagar el puñetero céntimo, que con eso no voy a ser más pobre. Luego ya presentaré la reclamación oportuna si realmente yo no debía ese céntimo.

De todas formas no te preocupes, que ya suelo no dejar nada a deber en ningún sitio ;)

🗨️ 1
eolos

Haber, loa hay, pero danos el nombre y dirección de alguno, ¿a que no puedes? Pues en el caso de FON hay los datos fiscales de FON con nombres y direcciones. A parte que en el momento que moleste (de momento quien se va a gastar los cuartos, si es una pallasada) cualquier operador de Hotspots WiFi denunciará a FON o algún usuario (según sean las recomendaciones de su abogado), para evitar la competencia desleal.

Josh

Excelente artículo.

Sin embargo, para mi el malo de esta peli es la administración. Toda esa burocracia solo sirve para que en España la gente siga queriendo ser funcionario antes que emprendedor.

🗨️ 2
BocaDePez
BocaDePez

La burocracia nos gustará más o menos, pero el caso es que es la que hay y FON conocía perfectamente la situación cuando sacó su producto al mercado, además de ellos no ha salido ninguna información útil al respecto, eso no dice mucho en su favor.

🗨️ 1
eolos

Y además cuando tiene ingresos tienes que pagar impuestos.

BocaDePez
BocaDePez

¿llegara esto a salir en Meneame? ya que el varsavsky tiene participacion alli ... jijiji

BocaDePez
BocaDePez

Pero, ¿alguien ha ganado dinero con FON? (aparte del Varrabasky)

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez

Ah pero ¿que Varsavsky ha ganado dinero con FON? xDDD

No creo que haya ganado un centimo más de lo que consiguió con sus timos.

Ah espera... si alguien de Google o Skype lee esto .. no queria ofenderles ... owned!!! xDDD

BocaDePez
BocaDePez

Una duda, que no estoy muy enterado en cuanto a esto te FON, y si es cierto luego hago otra pregunta y posible aclaracion. ¿Te paga FON dinero de alguna manera?.

🗨️ 3
MaestroJedi

Hubiera sido más acertado pasarte por la web de FON, y en particular, echarle un ojo al enlace "Más información", donde explican de qué va esto (para algo tienen una web, no es por nada). A estas alturas, preguntar esto casi que tiene delito...

🗨️ 2
BocaDePez
BocaDePez

Vale... aclarado lo de que cobran, y ahora viene la pregunta del millon: segun Hacienda, al tu tener dos pagadores te exigen hacer OBLIGATORIAMENTE la declaracion de la Renta aunque no llegues al minimo, ¿esto se puede llevar a los de FON? (no se si me entendeis).

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez

si sobrepas los 1000€ de ingresos en los dos pagadores si

POC

No estoy de acuerdo, y desde luego no quiero que se me malintreprete (no soy un incondicional de FON ni mucho menos), pero todo esto es cuestión de interpretación jurídica.

En lo único que suscribo las palabras del editor (un saludo Sr. RWX) y de David Maetzu en este caso, es en la cuestión de que se está "dejando pasar" a otras personas a nuestra conexión y eso no está permitido en todas las operadoras salvo en Jazztel.

Por lo demás, yo considero, y es mi interpretación, como ya he dicho en otras ocasiones que:

En ningun caso sería necesario darse de alta en la IAE, tal y como yo lo veo:

- La "actividad económica" corre a cargo y la está efectuando FON.
- El nombre, naturaleza de la actividad económica e imagen y marca lo establece FON.
- El que establece los precios es FON y el que repercute el IVA es FON, por lo tanto el que factura al cliente es FON.

Todo esto me lleva a decir que quien tiene que cumplir la LSSICE es FON, ya que es la empresa suministradora del servicio. La página que ve el cliente al conectarse al nodo FON no está alojada en las instalaciones del fonero sino en las de FON.

En lo que se refiere a los asuntos que anteriormente describo, entiendo que la responsabilidad es de FON como empresa y no de nosotros como foneros.

Lo de los foneros, mas bien, lo veo como cuando instalas un panel de consumidores en tu casa (TV, compra... etc) que recibes una remuneración económica o en especies por tener un cacharro acoplado a tu teléfono y a la luz, o bien cuando te regalan una tarjeta con un chip con valor de 6€ por responder a una encuesta.

De todas maneras, no estaría mal que FON explicara un poco este asunto.

🗨️ 25
POC

Joderse, por mucho que pongo las cosas en negrita desde firefox, el WYSIWYG este no me las pinta :((((

BocaDePez
BocaDePez

¿Sabes lo que pasa? Que FON no explica nada, ni quiere. Si llamas pasan, si les escribes, te dicen que tu verás lo que haces, en sus foros no responden y las recomendaciones si tienes dudas es que lo dejes correr. En definitiva, nada muy ético. Lo que es impepinable, IAE fuera si quieres, es que hay rendimiento económico y debes darte de alta en Hacienda y luego, según lo que ganes, pues lo harás en la Seguridad Social o no. Con respecto a esto último, mucho cuidado porque es cierto que las cuotas luego te las cobran atrasadas.

🗨️ 4
POC

Estoy de acuerdo con que FON no explica nada y su actitud desde luego está desilusionando a muchos (incluido a mí).

Lo que no estoy dispuesto a admitir, y es lo que estoy argumentando, es que haya responsabilidad alguna para los foneros. La responsabilidad es integramente de FON y es a la única persona jurídica a la que podrían pedirse responsabilidades si existiera alguna irregularidad en su actividad.

Lo de darme de alta en la SS o como autónomo, sinceramente lo veo absurdo. No es el fonero es que realiza la actividad económica. Cuando los que van a ver concursos en la tele tengan que darse de alta como autónomos por los 30€ y el bocadillo que reciben, entonces los foneros tendremos que ser autónomos.

🗨️ 3
BocaDePez
BocaDePez

Puede ser absurdo apuntarse en Hacienda pero ¿te pagan, no?. Un rendimiento económico, ¿verdad? Pues modelo 036. Vete a una asesoría o pregunta a cualquiera y te lo dirá. ¿Qué no pasaría nada? Seguramente pero lo legal es lo que cuenta rwx.

Respecto al bocadillo televisivo, sinceramente, lee la ley por favor, "no es habitual" ese rendimiento ni tampoco lo es la actividad. Es una ocasión especial. Para discutir primero nos informamos porque si no, manchamos el thread.

Por otro lado, el fonero no está cediendo su conexión, dejando un grifo de agua abierto. En el caso de cobrar por tu conexión, incumples un contrato y tanto es así, salvo el caso de Jazztel, que el propio Varsavsky en un video da la vuelta al cacharro de Vodafone para que no sea vea lo que conecta la fonera:

spanish.martinvarsavsky.net/fon/video-de…macspot.html

Fíjate por qué comenta que no lo enseña.

🗨️ 2
POC

Sí, el propio Martin sabe que haciendo eso incumples el contrato y es poco ético por su parte el no darnos una explicación al respecto. Gracias por el aporte.

Insisto, el fonero "cede" su conexión a FON y hasta ahí llega su responsabilidad, así es como lo veo yo.

Respecto a los ingresos, yo he sido panelista de consumidores y he realizado una actividad habitual con un rendimiento económico habitual (estuve 2 años). Yo no entiendo estar haciendo una actividad económica en ese caso.

En ultima instancia podemos hablar de la cuantía de los ingresos, si FON limitara la cuantía de los ingresos anual, probablemente pondrían fin a esta polémica.

Y por favor, yo no "mancho threads" expongo opiniones que a mi juicio aportan otro punto de vista aunque para tí sea equivocado y no se por qué sobreentiendes que tú estás mejor informado que yo.

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez

No seas hipócrita POC, por muy "fonático" que seas tienes que admitir que si se esta ganando dinero hay que darse de alta o se esta cometiendo una actividad ilegal.

Ya de por si, bastante ilegal es el hecho de ganar dinero vendiendo algo que no puedes vender (en el caso de todas las operadoras menos Jazztel), pero sigue habiendo obligación de darse de alta.

- La actividad económica (puedes ponerle las comillas que quieras, pero percibir dinero por poco que sea es una actividad económica) la hacen los dos ya que los dos ganan dinero.

- El usuario es un distribuidor de una marca comercial, como lo es la tienda que vende lavadoras Fagor en tu barrio. También se venden productos Telefonica en "The Phone House" ... ¿o no? ;)

- También marca los precios Telefónica sobre los tarifas móviles y aún así se vende en tiendas "The Phone House"... ¿o no? ;)

¿Que tiene que ver donde este alojada la página web? ¿Van a denunciar a Interdominios si BandaAncha.st realiza una estafa? Josh seguro que esta dado de alta para poder percibir dinero por publicidad de los banners, según tu con que Interdominios estuviese dado de alta valdría ... ¿no? ;)

Claro claro, Varsavsky dijo "voy a ponerme una soga al cuello para que estos alegres usuarios wifi ganen 5 euros al mes".

Creo que distingues lo que es el dinero en especias y el dinero en si.

Vamos veo que estas en la línea más pro-FON, tergiversación de la realidad acorde a tus intereses y divagación.

Salu2.

🗨️ 6
POC

Creo que ni he sido hipócrita ni he tergiversado nada, sólo he expuesto un punto de vista.

La meras formas y educación de tu respuesta restan credibilidad a la misma.

No soy Pro-FON y no todo el mundo piensa como tú, aunque te moleste.

🗨️ 5
BocaDePez
BocaDePez

La meras formas y educación de tu respuesta restan credibilidad a la misma.

Tipica frase de "no tengo nada útil que decir pero quiero la última palabra".

Lo siento POC, eres el rival más débil.

🗨️ 4
BocaDePez
BocaDePez

Que mal has quedado... y asi lo empeoras mas...

🗨️ 3
BocaDePez
BocaDePez
🗨️ 2
POC
🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez

Respecto a:

Lo de los foneros, mas bien, lo veo como cuando instalas un panel de consumidores en tu casa (TV, compra... etc) que recibes una remuneración económica o en especies por tener un cacharro acoplado a tu teléfono y a la luz, o bien cuando te regalan una tarjeta con un chip con valor de 6€ por responder a una encuesta.

Sera mejor que vuelvas a leer POC:

"se entenderá como trabajador por cuenta propia o autónomo, aquel que realiza de FORMA HABITUAL, PERSONAL y DIRECTA una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas, sea o no titular de empresa individual o familiar".

Percibir dinero de forma excepcional en una encuesta no se puede comparar a FON. Con FON, ganes o no un mes estas realizando la actividad.

🗨️ 6
POC

Ya leo, y es precísamente lo que está sujeto a intrepretacion. Ya se que tú lo interpretas de otra manera, pero yo intrepreto que quien realiza la actividad económica es FON y nunca el fonero.

Lo que recibe el Fonero lo hace a través de FON y nunca directamente Fonero-usuario. Por lo tanto, según lo entiendo yo, la responsabilidad es de FON en ese sentido, con educación sin tergiversar ni ser hipócrita.

🗨️ 5
BocaDePez
BocaDePez

Para acabar de liarla

art. 10 de LETA: "Se entiende por trabajador autónomo dependiente aquel que presta sus servicios por cuenta propia incluido dentro del ámbito de aplicación de la presente ley, conforme a lo dispuesto en art. 1.1 que no tenga trabajadores a su servicio y desarrolle su actividad de forma continuada, coordinada y predominantemente para un solo cliente, del que depende económicamente y que se presumirá que existe dependencia económica cuando el trabajador reciba de manera regular de un mismo cliente remuneraciones que supongan su principal fuente de ingresos".

Sobre el titular de la actividad económica hay supuestos para aburrir a una legión ce abogados, p.e. los comerciales en general

🗨️ 3
BocaDePez
BocaDePez

El equipo informático que compras no forma parte de ningún servicio. La Fonera es parte del equipo informático. Si la compras y la pagas puedes hacer lo que te salga de las narices con élla. Por cobrar puedes cobrar, no creo que Hacienda te vaya a buscar las cosquillas por unos miserables euros. Seriá el caso de los que venden en el "top-manta" ¿ no?

Hacienda se suele "mojar" por unos centenares o miles de ellos

S2

🗨️ 2
BocaDePez
BocaDePez
🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez
BocaDePez

¿El hecho de que lo reciba de FON lo exime de actividad económica? ¿Que tiene que ver? ¿Entonces los miles de freelancers que hay en españa no estan realizando actividad económica alguna?

Nota: Entiendase "freelance" como trabajardor por cuenta propia subcontratado por proyectos donde solo factura a una empresa por estar trabajando para ella a tiempo completo durante un periodo de tiempo limitado o no.

¿Hablas sin saber intentando refutar cualquier argumento en contra de FON ó realmente tienes base para argumentar tales afirmaciones?

overpeer

Yo he sido trabajador por cuenta propia, de forma habitual y cobrando siempre de una sola empresa, pues esta empresa era mi "cliente" ya que yo le prestaba servicio a ella. Como decia solo cobraba de ella, unos meses mas ... otros menos ... y luego mi trabajo se servia a los distintos clientes de forma ajena a mi.

Evidentemente, era autónomo y estaba dado de alta como tal con toda legalidad, no por gusto, si no porque me lo exigia la ley.

Con Fon es similar, tu eres un trabajador por cuenta propia que presta un servicio a una empresa y cobras de ella, idependientemente de los clientes y de la cantidad que percibas. Luego claro, existe el resquicio legal que comenta rwx... pero eso ya se tiene que probar en un juicio :D

POC, lo mires por donde lo mires ...

Un saludo.

BocaDePez
BocaDePez

Totalmente de acuerdo. La opinión de RWX es muy extremista. Aunque bien documentada y fundamentada, creo que se equivoca.

🗨️ 3
overpeer

"Aunque bien documentada y fundamentada, creo que se equivoca."

Y nos puedes decir en que parte se equivoca de una forma fundamentada documentada?

No me vale el "yo creo que ..".

Un saludo.

🗨️ 2
POC

Lo de RWX es una interpretacion. No hay jurisprudencia sobre ello, así que aquí solo vale el "yo creo".

🗨️ 1
alejandrosantos

No es una interpretación. Es el texto legal y la jurisprudencia. Te recomiendo que llames a la Seguridad Social y le cuentes qué es FON. O que te pases por una oficina y verás si te dicen o no lo que pongo arriba. Respecto a las cuotas atrasadas de Hacienda, las he visto cobrar muchas veces por diferencia de meses con el alta en el 036.

Pero... si no declaras, como hace mucha gente, no pasará nada en un alto porcentaje de las veces. Pero lo de arriba, mis últimos párrafos, que la parte central es de Maeztu, no tienen interpretación posible, es lo que hay. Pásate por un servicio empresarial de una Cámara y pregunta. Es gratis y te ahorras ir a una asesoría. Luego me cuentas si tengo o no razón ;)

Pero lo que over quería decir es que a los datos, se les responde con más datos y no con un "creo que te equivocas".

BocaDePez
BocaDePez

Bueno, cada uno es libre de opinar y pensar lo que quiera, pero yo con mi ruter wifi de Telefónica - comprado sin subvencion- que tengo abierto para todo el mundo, se conecta quien quiere, y cuando quiere. Si lo que me está diciendo ese señor es que yo además de comprar el ruter de Telefónica me tenía que dar de alta en la Serguridad Social como autónomo, me ha dicho mi asesor fiscal de que no, que no hace falta. En paralelo al de Telefónica tengo conectado otro ruter wifi de FON ( comprado también sin subvencion) en las mismas condiciones, por lo que el internauta puede elegir a su gusto, y estoy la mar de tranquilo. Cuando alguién mata a OTRO, se juzga siempre al que aprieta el gatillo, nunca a la pistola, que es el medio que se emplea . Además, en las condiciones de uso de mi ruter comprado a Telefónica, en ningún lado de los folletos, me indican de que debe de estar cerrado. Si ese es el caso, sería absurdo, ya que en tal caso el wifi no sería wifi , sería otra cosa ,-)

Chao

🗨️ 7
sibilio

Evidentemente en las condiciones del router no lo pone, porque lo que hagas con tu router y la red LAN es cosa tuya, eso no puede ser restringido por quien te vende el router, eso me parece que es obvio. Lo que está restringido es que compartas el acceso a Internet, como te figura en el contrato de abono del ADSL, que es donde debe ponerlo.

O sea, que si tú me quieres dejar acceso a tu PC y a los que tengas conectados a tu red de casa, perfecto, Telefónica ahí no tiene nada qué decir, pero en cuanto a Internet, no lo tengo yo tan claro.

Hasta la próxima!

🗨️ 6
BocaDePez
BocaDePez

Si lo hace gratis no hay problema.

🗨️ 1
sibilio

Ya escribí un poco más abajo sobre ello. Yo entiendo que sí lo hay ;)

BocaDePez
BocaDePez

O sea, que según tú el wifi no es wifi como tal. Según tú al wifi ¿ hay que "cortarle las alas" para que no lo use nadie?. Absurdo. Yo no tengo ninguna "culpa" de que esa tecnología para conectarse a internet funcione así , además, no tengo ni pajolera idea de como "cortarlo". Qué mala suerte de que las ondas hercianas viajan por el aire ¿ no?.

Por si no lo sabes, Wifi= internet , por lo tanto, y habiéndome leido las condiciones por las que me han prestado el servico que yo pago, el que se conecte alguién o no a internet a través de mi wifi no es responsabilidad mía. Yo no he inventado esa tecnologia. Además nunca he dejado de aceptar las Condiciones que me impone( he dicho impone) mi ISP

CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO LÍNEA ADSL:
ACCESOS ADSL / RTB y ADSL / RDSI

Las Condiciones Generales descritas a continuación (en adelante, las "Condiciones Generales") regulan las relaciones contractuales entre TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. (en adelante, TELEFÓNICA DE ESPAÑA) y el CLIENTE del Servicio (en adelante, el CLIENTE), en todo lo relativo a la prestación del Servicio Línea ADSL, en cualquiera de sus dos tipos de acceso: ADSL/RTB o ADSL/RDSI (en adelante, el SERVICIO)

1.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

EL SERVICIO, en cualquiera de sus tipos de acceso ADSL/RTB o ADSL/RDSI, es un servicio de conectividad que integra las siguientes prestaciones:

· Acceso a Internet de alta velocidad y al área de servicios del portal Telefónica Net y diferentes Servicios de Valor Añadido.
· Equipo ADSL de CLIENTE (en adelante el "Módem ADSL") de carácter opcional según la modalidad de contratación.
· Desplazamiento al domicilio del CLIENTE e Instalación del Equipo ADSL de carácter opcional(en adelante, el "Servicio de Instalación").
· Atención al CLIENTE en relación con el Servicio ADSL (en adelante, el "Servicio de Atención al CLIENTE").
· Ciertas Opciones Adicionales del Servicio ADSL (en adelante, las "Opciones Adicionales").

La aceptación de estas Condiciones Generales mediante la pulsación del botón "Acepto", atribuye al CLIENTE la condición de usuario del SERVICIO y de las prestaciones descritas anteriormente, asumiendo el mismo, de forma expresa, su plena adhesión, sin reservas, a todas y cada una de las citadas Condiciones Generales.

2.- OBJETO

Las presentes Condiciones Generales regulan la prestación del SERVICIO, por parte de TELEFÓNICA DE ESPAÑA al CLIENTE, a cambio de un precio.

3.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El SERVICIO presenta dos tipos de acceso: ADSL/RTB y ADSL/RDSI.

El Servicio ADSL/RTB es un servicio de acceso a Internet de alta velocidad, de carácter permanente, que funciona simultáneamente con el servicio telefónico básico, pero con tarificación independiente.

El Servicio ADSL/RDSI es un servicio de características idénticas al anterior, ofertado exclusivamente sobre accesos básicos RDSI.

EL SERVICIO se ofrecerá en la opción de facturación de Tarifa Plana 24 horas, por lo que EL CLIENTE podrá disponer del SERVICIO sin límite alguno de consumo y con carácter permanente.

3.1.- Requisitos para la contratación del SERVICIO.

3.1.1.- Equipo informático

Para la prestación del SERVICIO, el equipo informático del CLIENTE deberá disponer de las características técnicas necesarias, y que figuran, a tal efecto, en la siguiente URL: (link roto)

Asimismo, es necesario disponer de una roseta telefónica en el domicilio de instalación a menos de 3 metros del punto donde se ubique el Módem ADSL.

EL EQUIPO INFORMÁTICO DEL CLIENTE NO FORMA PARTE DEL SERVICIO.

3.1.2.- Acceso telefónico

Para la prestación del SERVICIO, el acceso telefónico del CLIENTE deberá reunir las siguientes características:

(i) La central telefónica a la que pertenece la línea de teléfono del CLIENTE deberá tener disponible el Servicio ADSL/RTB o ADSL/RDSI, respectivamente.

(ii) La línea telefónica RTB o línea de acceso básico RDSI, en cada caso, no deberá estar conectada a ningún equipo o servicio incompatible con el SERVICIO.

(iii) Cualificación del bucle: ciertas líneas telefónicas RTB o RDSI pueden ser incompatibles con EL SERVICIO en razón de su longitud, calibre u otros parámetros técnicos.

3.1.3.- Incompatibilidades.

Los siguientes servicios son incompatibles con el SERVICIO (Tanto para Servicio ADSL/RTB como para Servicio ADSL/RDSI):

1) Teletarificación mediante impulsos de 12kHz.

2) Servicio de Telealarmas.

🗨️ 3
sibilio

Después de lo que acabas de hacer sólo se me ocurre recomendarte con todo el respeto que me merece una persona que no conozco de nada, que te leas con mucho cuidado todo lo que firmes a partir de ahora, porque parece que no sabes lo que firmas.

Dicho esto, de todo ese tocho que me has pegado ahí, justo no sale la parte interesante. Coge el contrato que debes tener en casa y vete al punto 4, o bien al que se titule "Obligaciones del cliente". Yo me he ido a la web de Telefónica y me he mirado las Condiciones del contrato de Línea ADSL Vas concretamente al apartado 4.3 donde, entre otras cosas, dice lo siguiente:

"Asimismo, la utilización del SERVICIO podrá exclusivamente destinarse al ámbito profesional o privado y para uso exclusivo en el domicilio que el CLIENTE haya indicado para la provisión del SERVICIO. Queda expresamente prohibida la realización de actos de reventa o comercialización del SERVICIO a terceros ajenos a la prestación del SERVICIO o, en cualquier caso, de compartición de recursos fuera del domicilio para el que haya solicitado la provisión del SERVICIO. En caso de incumplimiento de la presente condición, TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá suspender la prestación del SERVICIO, de conformidad a lo dispuesto en la cláusula 4.7. de las presentes Condiciones Generales."

Me he tomado la libertad de destacarte en negrita las partes en las que, a mi entender, discrepamos y en las que, por tanto, creo que te equivocas.

Un saludo.

🗨️ 2
BocaDePez
BocaDePez

Si, sí, si ya me lo conozco de memoria, como no! , ya lo he dejado claro, puesto que yo soy un fonero "con conocimiento de causa".

Pero te lo vuelvo a repetir: ¿ cómo se "limitan" las ondas hercianas de mi wifi ,-) ?. Yo no sé, ni tengo por qué saberlo, que 200 metros de mi casa, las ondas las aprovecha fulano de tal para conectarse a internet. Yo no conozco ningún wifi- por ahora- que sólo respete los metros cuadrados exactos de un domicilio, si lo conoces, me lo dices y lo hablamos ;-).Para mis abogado está claro además lo mencionado anteriormente:

EL EQUIPO INFORMÁTICO DEL CLIENTE NO FORMA PARTE DEL SERVICIO.: La Fonera

A mí , de verdad, que no me crea ninguna mala conciencia prestar servicio gratuito de wifi , ni a mis vecinos, ni a la comunidad de FON. Nos ha jodido!, sólo faltaría eso

En lo demás ya no entro. Hay muy mala leche para según que cosas y para según que otras "manga ancha"

Saludos

🗨️ 1
sibilio
sibilio

Al margen ya de consideraciones con Hacienda y Seguridad Social, que con el artículo que abre esta discusión están más que sobradamente comentadas y enlazándolo con los comentarios que he hecho anteriormente, os cito a continuación una cláusula del contrato de servicios de mi proveedor de acceso que podéis encontrar vosotros mismos en legal.mundo-r.com/legal/gl

Al respecto de las causas de resolución del contrato (o sea, que te den de baja del servicio) figura en la cláusula 14.3 b) lo siguiente:

"Acciones y/o actividades fraudulentas por parte del Cliente que permitan a personas ajenas a este contrato recibir los servicios objeto del mismo".

Quiero pensar que en todos los contratos de servicio de todos los proveedores de Internet de este santo país (excepto Jazztel, como ya se ha indicado anteriormente), figura una clausulita semejante. Entiendo que, agarrándose a eso, el ISP de cualquier fonero (que no sea cliente de Jazztel, insisto), podría darle de baja "ipso facto" si quisiera. Que hasta ahora no tengamos noticias de que lo hayan hecho, no quiere decir que no puedan hacerlo.

🗨️ 5
POC

Sí efectivamente el ISP podría rescindir el contrato si tú abres tu conexión al resto de usuarios (y ellos quisieran rescindirlo por esa razón claro). De eso no hay duda alguna.

🗨️ 1
sibilio

Pues querido amigo mío, a mí eso ya me parece un motivo más que justificado para decirle NO al señor Varsavsky y a su idea. Si quiere que me haga fonero, que hable con mi ISP para que quite esa clausulita de mi contrato, porque si no lo hace y por lo que sea, mi ISP decide penalizarme, el que va a tener que pagar las consecuencias de quedarme sin línea (y por tanto sin número de teléfono) voy a tener que ser yo.

Dicho lo cual y para no seguir saliéndome del hilo, he de decir que yo soy de la opinión de que el ingreso que FON te pudiese producir ha de ser tributado en Hacienda en todo caso. Lo de la Seguridad Social, como habéis apuntado algunos, ya iría en función de si FON se convierte en tu principal fuente de ingresos. En caso de que no fuese así, dudo que sea necesario darse de alta.

BocaDePez
BocaDePez

3.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El SERVICIO presenta dos tipos de acceso: ADSL/RTB y ADSL/RDSI.

El Servicio ADSL/RTB es un servicio de acceso a Internet de alta velocidad, de carácter permanente, que funciona simultáneamente con el servicio telefónico básico, pero con tarificación independiente.

El Servicio ADSL/RDSI es un servicio de características idénticas al anterior, ofertado exclusivamente sobre accesos básicos RDSI.

EL SERVICIO se ofrecerá en la opción de facturación de Tarifa Plana 24 horas, por lo que EL CLIENTE podrá disponer del SERVICIO sin límite alguno de consumo y con carácter permanente.

3.1.- Requisitos para la contratación del SERVICIO.

3.1.1.- Equipo informático

Para la prestación del SERVICIO, el equipo informático del CLIENTE deberá disponer de las características técnicas necesarias, y que figuran, a tal efecto, en la siguiente URL: (link roto)

Asimismo, es necesario disponer de una roseta telefónica en el domicilio de instalación a menos de 3 metros del punto donde se ubique el Módem ADSL.

EL EQUIPO INFORMÁTICO DEL CLIENTE NO FORMA PARTE DEL SERVICIO.

-----------------------------------------------------------------------------

El equipo informático no forma parte del servicio. Por lo tanto si ese equipo informático tiene conectado un ruter wifi de FON, Telefónica se las tendrá que ver conmigo en un Juzgado si me denuncia

Espero que eso os lo aclare

Saludos

🗨️ 2
sibilio

Yo espero que lo que te he contestado más arriba te lo aclare a tí también ;)

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez

Si claro, yo lo tengo ,-) Sois algunos los que lo veís " oscuro" ;-)

Saludos

Ivaner3k

Aun estoy esperando la fonera que regalaban a los usuarios de bandaancha! jejeje

🗨️ 6
raxor

Algun se ha echo un cluster de Foneras y otros na de na.

Yo en cuanto pase el año cierro el chiringuito, a mis foneras se conecta gente pero en los viajes fuera de mi ciudad me ha tocado pagar ciber's y conexiones de hoteles al no encontrar SSID's de Fon en ninguna parte, ni siquiera donde se suponia que deberian estar. Se me paso la fiebre y la linea de 1mb que les habia dejado a los usuarios de FON la corto en breve.

Ya no le veo la gracia al asunto.

🗨️ 4
BocaDePez
BocaDePez

es que estaba claro que era vaporware pata negra desde el primer momento X_D

admiro la buena voluntad de los que como tu creyeron poder conseguir una red comunitaria wifi de hotsopots, lamentablemetne esa buena voluntad era de lo que se aprovecharia varsasky para vender su fon a los inversores

Ivaner3k

a mi me paso lo mismo, y decidí capar mi conexion, o somos todos honrados, o ninguno, pero bueno tengo la red de wifi abierta y sin contraseñas, si la gente quiere pasar por mi nodo sea quien sea podra navegar, eso sí, cuando necesite el ancho de banda enterito para mi y vea que mas que navegar se aprovechan chapo el chiringuito y esto es una decision mía, nada de fonero ni leches, tengo wifi para estar por casa, y si algun vecino, chaval que este por la calle lo que sea, pues quiere usar internet que lo use, siempre y cuando no me meta el emule o se ponga a descargar a toda maquina y me deje sin ancho de banda, pero estoy pensando en tocar el QoS, y dejar que la gente al menos pueda navegar y conectarse a sus messengers, que es lo que suelen hacer, un saludo y del martin varsasky este ya no me fiaba, y ahora mucho menos, lo dicho saludos.

BocaDePez
BocaDePez

A mi lo que me paso, es que pedido el router(si me llegó), voy a conectarlo y digo, ¡anda! ¿y ahora si me voy de vacaciones podre conectarme?. Pienso, bueno, si voy a estar todo el año con el router puesto, no creo que haya problema.

Pues no, voy a los foros Fon, pregunto y me dicen que nanai. Asi que voy a estar todo el año con el router puesto y conectandose quien le salga del pie y si me voy una semana de vacaciones tengo que dejar mi router encendido, sino no me puedo conectar?

Y el router no lo dejo encendido, claro, mucho ha costado la casa como para que se prenda fuego.

ASi que nada no me he dado de alta, y la fonera aparcada. Estoy esperando ue la reclamen para devolverla.

🗨️ 1
Ivaner3k

tranquilo no se molestaran en ir a buscarla, le puedes pegar fuego o hacer lo que quieras con ella XD
yo tengo un linksys de fon que ahora es de Iváner xDDDD

BocaDePez
BocaDePez

¿Y el dinero que ganas por publicidad Google? ¿Y el dinero que ganas por opinar en Ciao.es?

La ley esta para servir a los ciudadanos. (O eso debería) Con este modelo de negocio hay ciertos vacios. Eso si, os aseguro que la administración no va a ir a por un Bill. Lo que hará en un futuro es legislar sobre estos temas.

Por otra parte, Fon paga sus impuestos y liquida IVA por sus ingresos y nuestros ingresos. El planteamiento de que nosotros pasariamos a ser un operador de internet, y que nos tendriamos que registrar como tal es absurdo. Se pueden mear de risa en la CMT como quieras registrar tu Fonera como operador.

Por otra parte, bajo esta teoria de RXW (La cual es fiel a la ley pero demasiado extricta), las ventas por Ebay, o venderle un amigo un móvil que no usas es una transacción de venta, por lo que hay que declarar IVA, constituirse como autonomo, liquidar IVA, etc.

Vamos, que si quereis ser Bill, yo no tendria ningun miedo. Lo unico que puede pasaros es que vuestro operador de ADSL no le mole el tema, y os corte el grifo. (Cosa que nunca ha pasado a nadie por ahora).

Un saludo.

🗨️ 1
BocaDePez
BocaDePez

Que nooooooooooo. Que en una transacción entre particulares no es lo mismo que una actividad con el fin de ganar dinero HABITUALMENTE.

macr

En mis últimos viajes desde que soy usuario de fon hace 1 año, no he encontrado ni una maldita fonera donde conectarme:

Ibiza, Formentera, Valencia, Cádiz, Málaga, Gerona, Tarragona, Alicante, Madrid, Andorra, Lisboa, Oporto, Roma, Venecia, Milán, Florencia, Pisa, Lucca y Londres.
Tampoco en mi ciudad.

En ninguna de esas ciudades, he encontrado la posibilidad de conectarme a FON.
Decisión: DESCONECTAR LA FONERA y el WRT.
MOTIVO: Descubrir muy claramente que lo de FON no es lo que intentan venderte.

Agradezco a todos los usuarios de Internet Wifi que sea por desconocimiento o por solidaridad, me han brindado la posibilidad de conectarme a Internet en mis viajes ahorrándome una pasta de móvil.
Muchas gracias a todos vosotros, que sin pasar por el tubo FON, compartís vuestra conexión, sabiendo que seguro en alguno de vuestros viajes, encontrareis personas como vosotros y como yo que compartimos nuestra conexión de forma desinteresada, sin pasar por ninguna "comunidad" o más bien empresa con carita de buen rollito.

Gracias Fon por venderme La Fonera por 5€, pero no os la voy a devolver, no tengo por qué tomarme esa molestia. Bastante me he molestado ya creyendo en cuentos.
No la devuelvo tampoco pues vosotros no me vais a devolver la esperanza de que ese proyecto sirve de algo. Así que estamos en paz.
Más bien estais en deuda conmigo pues a mi fonera se ha conectado gente y yo, que viajo mucho, no he recibido nada a cambio.

BocaDePez
BocaDePez

Claaaro, y si hago horas extra tambien me las deberian de poner en la nomina, pero noooo, las horas extra si la empresa es pequeña se hacen y no se pagan y si es grande te las pagan en sobre cerrado.

Asi q tranquilos q si os dicen algo de FON...

SERIAS TU EL QUE TENDRIAS QUE DENUNCIARLE POR NO PONERTE EN NOMINA y que te hagan un CONTRATO FIJO!!!

BocaDePez
BocaDePez

Pasa otro tanto con la publicidad en los blogs. Las cosas nunca están demasiado claras para la gente que recibe pequeños ingresos o beneficios por sus actividades en la red.

Deberían legislar para que todo estuviera más claro, y no para que estuviésemos mas (h)odidos.

Pergamino Raspado

🗨️ 2
alejandrosantos

Ya está legislado. Es lo mismo que esto. ¿Tienes rendimiento económico? Pues nada, alta en Hacienda. ¿La actividad cumple con los requisitos que pone la ley y que cité en la noticia? Pues alta en la Seguridad Social. Pero con los blogs pasa como con FON, que la gente pasa y me parece bien, sólo que hay una diferencia, nadie te vende la moto.