Las sentencias en primera instancia no sientan jurisprudencia, la de los juzgados de primera instancia, de lo mercantil, de instruccion, de lo penal. Las de Segunda instancia, las de las Audiencias Provinciales en recursos también pueden en primera instancia) y las de los Tribunales Superiores de Justicia (aunque no sean en todos los casos segunda instancia dependiendo de la materia) sientan algo más pero incluso así se marcan pautas y vinculan aunque se diga que no. La que sienta jurisprudencia de Verdad es la del Supremo aunque en el futuro se salgan de la linea, viene consagrado en el Código Civil, los primeros artículos.
Aunque mayormente de acuerdo contigo, te digo lo siguiente, este supuestos es muy casuistico, y si nos paramos a analizar el supuesto en concreto, vemos que cuando otra persona demanda por lo mismo, o sea compra de cd con el canon incorporado, aquí existe identidad de hechos al 100% y lo único que varía es la identidad de parte, ya que es otra persona la que lo compra y otra tienda la que vende y carga el canon, pero lo importante es el hecho del debate que es el mismo. Por lo que si hay muchas sentencias que dicen lo mismo sobre los mismos hechos, ¿algo importará, no crees, que haya muchas sentencias diciendo lo mismo en un supuesto exactamente igual? La única vía que queda a las Sociedades de Gestión es que cambie la Legislación a su favor de manera mas clara y diga tajantemente que TODOS LOS CDS SIN EXCEPCIÓN LLEVAN CANON, pero aquí entraríamos seguro en un supuesto claro de INCONSTITUCIONALIDAD aunque no podríamos ir al TC por que es materia ya de la UE, pero sí a Bruselas a impugnar la transposición de la Directiva Europea en esa materia. Y si no por que creeis que a pesar de haberse modificado la LPI recientemente y con todo el revuelo que hay montado, la reforma no ha sido taxativa y se ha dejado en un 100% la libertad de la copia privada ni se ha convertido en delito las descargas. Por que no hay margen aún para una reforma así. La única manera de evotar que exista ese margen es la de que NOSOTROS sigamos poniendo demandas contra el canon y defeniendo nuestros derechos. Si ellos consiguen que la gente piense que descargar y el canon son licitos, digo pensar, el margen ya existirá y se modificará la Ley en un sentido restrictivo.
Así que a que estamos esperando. A poner demandas, tenéis las demandas redactadas y instrucciones para interponerlas y actuar en el juicio en derecho-internet.org, no hace falta abogado ni procurador si la cuantía a reclamar es menor de 900€, por lo que aunque se pierda el juicio sale todo gratis. Solo los folios, y el tiempo en ir a poner la demanda e ir a juicio.
VENGAAAAAAAAAAA