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Reclamar y cursar baja tiene su método

BocaDePez

Lo primero que ha de hacer el cliente descontento es dirigirse al departamento servicio de atención al cliente de su operador, dentro del mes siguiente al haber tenido conocimiento del problema. Si desea solicitar la baja del servicio, puede hacerlo cuando quiera, aunque el operador dispondrá de los quince días siguientes para hacer efectiva la baja. Es decir, que no le PUEDEN facturar por ningún periodo que exceda de ese plazo. Si su contrato establecía una permanencia mínima con el operador y aún no la han cumplido, quizás tenga que pagar la penalización que se hallan previstos por su resolución anticipada, en las condiciones pactadas.

En este proceso, el operador está obligado a asignarle un número de referencia. Si reclama por escrito y no por teléfono, envié un burofax con acuse de recibo y certificación de texto a fin de que quede constancia de que la queja ha sido recibida y de cual era su contenido. Si lo presenta en la oficina misma del operador, mejor que mejor, llevándose una copia sellada como prueba.

El plazo un mes a contar desde la presentación de la reclamación, debe llegar la respuesta de la compañía. Si ésta no le satisface o el mes acaba y no ha habido respuesta, se inicia un nuevo plazo, esta vez de tres meses, en el que se puede recurrir las siguientes vías:

- Las juntas arbitrales de consumo si el operador está sometido al sistema arbitral

- La secretaría de estado de las telecomunicaciones (consultas al 901336699)

- Tribunales de justicia. El importe debe merecer la pena en este caso. Si supera los 900€ puede prescindir de abogado y procurador. Si tiene un seguro de defensa jurídica, es buen momento para usarlo.

¿Pagar o no pagar? Es la pregunta que se hacen muchos cuando reciben un cargo con el que no están conformes. Usted puede devolver recibo domiciliado, siempre que fríamente había interpuesto una reclamación de la que guarde copia escrita, y que se dirija, si la compañía no le da una solución, al órgano administrativo competente. Ahora bien, no pagando se arriesga a que le corten servicio. Por eso, le he aconsejamos que solicite a la compañía que no tomen ninguna medida en tanto no se resuelva reclamación y si su reclamación está siendo tramitada por una Junta arbitral o por la SETSI y usted consigna el importe disputado, la compañía, sencillamente, no puede suspender servicio.

Un saludo
gon943

Gracias a Consumer por el excelente artículo. Ofrecemos un extracto del mismo, buena excusa para aportar experiencias los que hemos tenido que pasar por esto. Añadimos la posibilidad de acceso, rectificación, exclusión, oposición y cancelación en la AGPD.

💬 Comentarios

BocaDePez
BocaDePez

Este artículo está lleno de inexactitudes por parte del autor/es

-llamar para pedir una baja no implica en ningun momento que se curse una reclamación
-llamar amenazando de darse de baja no implica la apertura de ninguna reclamación

es decir, la no apertura de una reclamación implica que no se genere un número de reclamación (es obvio)

Tema cláusulas de permanencia:
los operadores hacen promociones de cuotas de alta e instalacion o terminales o equipos gratuitos si estás como mínimo un determinado tiempo. Es decir, si te quieres acoger a esa promocion es por lo q se debe estar un determinado tiempo (las compañías utilizan esa terminología de PROMOCIONES sabiendas de esta ley)

Pagar o no pagar: cuando vas a la oficina del consumidor siempre te van a decir lo mismo: PRIMERO PAGA Y LUEGO RECLAMA. El hecho es simple y me explico: si tienes un impago con una compañía, ésta está en su derecho de, por ejemplo, no liberar ese número de teléfono. Además todas las compañías están en contacto entre ellas, y si tienes un impago con Ono, si te quieres dar de alta en Telefónica lo más seguro es que no puedas.

Formas de darse de baja:
para empresas que tengan oficinas comerciales, pues pasarse por una de esas oficinas (OJO, DIGO OFICINAS Y NO DISTRIBUIDORES AUTORIZADOS), leerte concienzudamente el documento de baja pertinente, firmarlo (SIEMPRE CON FECHA DEL DIA DE FIRMA) y llevarte una copia sellada por el operador.
burofax con acuse de recibo o carta certificada, indicando todos los datos del titular y motivo de la baja
no recomiendo las llamadas a los CAC (y yo trabajo en uno) por el simple hecho de que tanto un alta como una baja requieren, a mi modo de entender este negocio, una firma, un documento, algo físico, así que como os digo, siempre mejor una copia sellada y firmada por el operador o un fax con acuse de recibo de modo oficial.

Espero haber sido de ayuda

🗨️ 6
WiLZy

"- Tribunales de justicia. El importe debe merecer la pena en este caso. Si supera los 900€ puede prescindir de abogado y procurador. Si tiene un seguro de defensa jurídica, es buen momento para usarlo."

Aqui supongo q falta un "NO"... "Si NO supera los 900 eur..."

DonCorleONO

Aunque coincido en casi todo lo que dices, no estoy de acuerdo en que haya que creer todo lo que te digan en las oficinas de consumo, especialmente en lo de primero paga y después reclama (y sigue pagando aunque quieras darte de baja). Eso sí, hay que proceder con cuidado antes de dar la orden de devolver recibos.

En la OMIC de mi localidad, cuando yo estaba a la espera de presentar una reclamación, pude ser testigo involuntario del caso de una señora a la que Amena le seguía pasando recibos del movil del que hacía un año que quería darse de baja.

Le estaban diciendo que la OMIC iba a cursar una reclamación en su nombre pero que siguiera pagando para que no le metieran en archivos de morosos.

¿Y si se tiran otros seis meses más cobrándole? ¿Y si cualquiera se hace con mis datos bancarios y personales y me da de alta un móvil?

Y bien fácil que es que alguien se haga con los datos de uno por mucho cuidado que se ponga:

La compañía de seguros donde tengo contratada el seguro del automóvil me ha enviado en un sobre abierto una solicitud de tarjeta de crédito ya rellenada con todos mis datos, incluyendo el número de cuenta. Y eso que yo les había prohibido el uso de mis datos para publicidad.

Supongamos que al manipular el sobre la solicitud se cae, o algún espabilado decide hacer copia de los datos. Si alguien los usa para darme de alta en una serie de compañías...

¿Tengo que dejar que me vacíen la cuenta hasta que tengan a bien darme la baja?

Volviendo al caso de la señora, yo lo que habría hecho es pedir la baja por escrito con copia fehaciente, como mucho me cuesta 20 euros del burofax con acuse de recibo y certificación de contenido, y, una vez recibido, pasados como mucho los 15 días, dar orden al banco de no aceptar ningún recibo más. No estoy de acuerdo en que uno deba aportar la causa de la baja, justificándola, más allá de "Me doy de baja porque me lo pide el cuerpo", a menos que se tenga realmente una causa de la que quieres que ellos se enteren, por ejemplo la mala atención al cliente.

Si después me reclaman alguna cuota, y suponiendo que no esté de acuerdo, entonces reclamo por escrito que ya presenté la baja y cito la legislación pertinente. Yo no tengo porqué pagar la mala gestion interna de una compañía, que encima puede ser interesada para colocar al cliente saliente un par de recibos más.

Si siguen erre que erre voy a consumo y presento una reclamación.

Si me meten en archivos de morosos, voy a la agencia de protección de datos y aporto como prueba de la inexistencia de deuda el burofax de baja y las reclamaciones.

Si me han causado un perjuicio al no liberar mi número de teléfono o me han impedido o dificultado contratar con otras, exigo daños y perjuicios.

Así yo también recomiendo y creo que merece la pena cubrirse siempre las espaldas y cursar las bajas por escrito con copia sellada.

Sobre las cláusulas de permanencia creo que tienes razón en lo que dices de las promociones, aunque considero abusivas muchas de ellas. Yo rara vez firmo esos contratos, pero el problema es que la gente no lee lo que firma, y no es consciente de a lo que se compromete, algo que saben muy bien esas compañías.

Sobre la solicitud de tarjeta de crédito, ya he presentado la denuncia en la Agencia de protección de datos. Seguro que hay más de uno que también ha recibido la solicitud de tarjeta de crédito ya rellenada. Le recomiendo que denuncie el hecho a la Agencia Española de Protección de Datos, incluso aunque haya consentido en el uso de sus datos para publicidad. Aquí estamos en el caso de una mala custodia de datos tan sensibles como los bancarios.

Yo la denuncia la he presentado en el registro de la subdelegación del gobierno de mi localidad. Es gratis, la puedes llevar por la tarde y me han atendido muy bien.

Espero haber aportado algo.

SrCuesta

En el caso de ONO, vas a sus oficinas y te dicen que para darte de baja, tienes que llamar al 902.

🗨️ 3
NosinmiPC

Pues sería que el día que fuiste el personal se habría ido a tomar un café y hablaste con la señora de la limpieza.... :-D

DonCorleONO

¿Y si en ese caso exiges presentar una reclamación en la que conste tu intento de darse de baja y las trabas que te están poniendo para que no quede constancia de ello?

CoCoDJ

Quien llama al 902???? 900855555... sirve para todos los clientes, tanto EX-AUNA como ONO

Farman

Entonces lo mejor es ir a una oficina de la compañia y darse de baja alli???No necesitas ni escribir una carta ni nada no????Firmas la baja alli directamente y te dan una copia....???

SrCuesta

Acabo de tener un "deja-vu". Creo haber leIdo esto exacto antes y haber hecho el comentario de que falta un NO en lo de los 900 EUR.

Hay dos cosas que he averiguado gracias a bandaancha:
1) Se puede pedir el burofax y no pedir la copia certificada de contenido. AsI cuesta 6 Euros. Si en un plazo razonable (creo que son 3 meses) necesitas esa copia, vas, te la hacen y la pagas (tienes que dejar el documento depositado). Posiblemente, si se hace por Internet, sea esto mAs fAcil aUn.

2) TEcnicamente, tanto el operador como el consumidor se pueden o no someter a las Juntas de Consumo si quieren. Lo que ocurre es que hay empresas que estAn "Adheridas" al sistema de consumo, lo que garantiza que se van a someter. Solo tengo noticias de que, entre las telecos, la Unica sometida es TelefOnica. Para mI, esto es muy importante, pues es lo que usas cuando hay dificultades.

🗨️ 8
NosinmiPC

Si no incluyes en el burofax la declaración de contenidos, la empresa receptora te puede confirmar que ha recibido un burofax, pero en el texto se indicaba la receta de los Níscalos a la vizcaína.

Si no vas a incluir la declaracion o identificación de contenido, lo mejor es que no envíes burofax y montes una capillita rogatoria con velas a algún santo.

🗨️ 6
BocaDePez
BocaDePez

me puedes decir que es exactamente la declaración de contenidos? no entiendo esto bien

🗨️ 1
xavisuper

Correos le llama certificación. No lo he visto físicamente (espero ver uno dentro de unos meses), pero la idea es que tú te quedas con una copia del contenido del burofax, y Correos actúa a modo de notario y "certifica" que esa es copia exacta de lo que se ha enviado.
No es un invento nuevo. Por ejemplo, cuando presentas, por correo, un recurso a una multa, o envías cualquier instancia a una Administración Pública, puedes enviar un certificado a "sobre abierto", en el que el empleado que te atiende le pone un sello a los papeles que van dentro del sobre, y a una copia que tú te quedas.

jma

Hola

Yo lo que he entendido es que con el burofax sin copia, que solo cuesta 6€, lo que ocurre es que a ti no te dan copia certificada, pero que si en el plazo de 3 meses, por ejemplo si no te han dado de baja, puedes ir a correos y solicitar la copia certificada del burofax que mandaste, con lo cual podras probar que lo has mandado en su momento. Timo o quien sea, no sabe si tu has solicitado la copia certificada del burofax,.

Como he dicho, hes lo que creo haber entendido.

🗨️ 1
jma

eps, no habia visto lo de abajo, pues eso.

BocaDePez
BocaDePez

No es exactamente así. No es absolutamente necesaria la certificación de contenido. Me explico, si mandas un burofax con acuse de recibo, puedes demostrar que has enviado un fax a la compañía en una determinada fecha y hora. Por tanto, se invierte la carga de la prueba y es la compañía la que debe probar que el contenido de tu fax es la "receta de los Níscalos a la vizcaína", como tú dices. Es decir, la compañía está obligada a enseñar el fax y si se niega o no lo encuentra, se presume que el contenido del fax es el que tú dices.

Un saludo

SrCuesta

Me explico un poco mejor:
- Un burofax no tiene por quE enviarse a un nUmero fax. En mi caso, se enviO a una direcciOn postal normal. Lo que hace correos es enviar el documento por fax *a la oficina de correos donde vive el destinatario* y, desde allI, se lo envIan como carta normal a la direcciOn que pusiste.
- Por consiguiente, como no es un fax, la empresa en efecto puede decir que le enviaste una receta. Por eso es importante la copia certificada.
- En un caso normal (copia certificada + acuse de recibo), te sellan la copia de lo que envIas para que la empresa no pueda decir que le has enviado otra cosa (20 EUR)
- De lo que me enterE andando por aquI es que pedir esa copia certificada es independiente de mandar el burofax. TU puedes mandar el burofax hoy (6 EUR) y pedir, dentro de dos meses, la copia certificada del burofax *que mandaste*, si te hace falta. Os podEis informar mejor en una oficina de correos. Creo que, ademAs, por Internet es incluso mAs fAcil.

xavisuper
  • El burofax cuesta, efectivamente, unos 6 euros.
  • El acuse de recibo son 4 euros más, y lo debes solicitar en el mismo momento de enviar el burofax, puesto que el destinatario debe firmar.
  • El certificado de contenido, que por sí solo cuesta otros 10 euros las 3 primeras páginas, puedes pedirlo durante los 6 meses siguientes al envío.
monitoCulero

y como recurso baja de monolisos, cocolisos y otras especies subacuaticas que acechan en el inframundo?

BocaDePez
BocaDePez

Meteros en reclamalia.com y le meteis un puro a todos