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Fijo

Para que luego se diga por aki que van a cobrar los 150 eur.

fredie

Leed esto para que luego digan por ahi que si kktel cobrara los 150 euros de permanencia:

FACUA denuncia ante el Ministerio de Industria la subida de tarifas anunciada por Movistar

* Aseguran que no han avisado a sus clientes con la suficiente antelación.
* Tampoco les han informado de su derecho a darse de baja sin sufrir ninguna penalización.

La Federación de Consumidores en Acción (FACUA) ha denunciado ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio las "irregularidades" en la subida de tarifas que el operador de telefonía móvil Movistar anuncia para el próximo el 1 de enero.

FACUA exigió hoy, en un comunicado, que se posponga dicha subida, "ya que la compañía no ha informado a todos sus clientes con al menos un mes de antelación" ni les ha indicado su derecho a darse de baja sin penalización alguna, "como exige la normativa vigente".

Movistar no ha informado de la subida a todos sus clientes con al menos un mes de antelación

Sostiene la asociación de consumidores que con estos cambios de tarifas Movistar "ha liberado" a los clientes que no quieran aceptarlos del posible compromiso de permanencia de dieciocho meses que figurase en sus contratos por haber recibido un móvil gratuitamente o con un precio bonificado.

"Ante la ocultación de información por parte de Movistar, FACUA duda que ésta asuma lo establecido en la legislación y permita a los usuarios cambiar de compañía o dar de baja sus números sin exigirles el pago de los 150 euros por cancelación anticipada que establecen sus contratos de permanencia", añadió el comunicado.

La última factura de Movistar que informa de las subidas y del derecho de resolución anticipada ha sido enviada a los clientes este mes, por lo que, según FACUA, "de aplicar las subidas el 1 de enero no se respetaría el plazo legal de un mes".

Además, la carta de Movistar "no indica que la resolución del contrato no implicará penalización alguna, como obliga a informar el Real Decreto".

Los clientes de prepago y los de factura electrónica recibieron, según Movistar, un SMS entre el 21 y el 24 de noviembre en el que se les indicaba la entrada en vigor de las nuevas tarifas y se les remitía a informarse de forma gratuita en el número 3502.

"Sin embargo, el SMS no advertía del derecho del abonado a resolver el contrato de forma anticipada, una vulneración del Decreto", según FACUA, que ha solicitado a la compañía que vuelva a enviar otro incluyendo esta información.

Este tema está cerrado a nuevas respuestas. Abre un nuevo tema para retomar la conversación.
lum41429

Sinceramente, no me creo que Euskaltel ni se plantee cobrar esos 150 euros. Intentará salvar lo que pueda en la tormenta y el resto lo dará por perdido. Lo demás es meterse en un berengenal que saben sin hacer números que no les iba a salir muy rentable: posibles denuncias, gastos de devoluciones de facturas, la Asociación de Consumidores metiendo el morro, etc etc etc...

Hombre, lo que no van a hacer bajo ningun concepto es reconocer que no les sale rentable todo el mecanismo de cobrarlo, así, si algun acojonaillo suelta la pasta, eso que se llevan... te lo pasarán al cobro, tu lo devuelves, y a olvidarse (si llegan a pasarlo...)

🗨️ 3
Atlantis2004

El problema Lum , es que te lo meteran en la factura , con el resto de gastos

Ventana 15
Internet 3m 39
Tv digital 30
Facturacion De fidelidad 150
+ Iva

Todo esto juntito , si hechas para atras el recibo , te puedes quedar sin todo lo demas .

Por lo tanto habra que pagarlo , y luego directamente Denunciarles , asi sin mas

🗨️ 2
lum41429

Si, cierto... la gente que tenga contratados otros servicios si está pillada. :-(

juantxo85

Pues se echa todo para atras. Cuando te llamen a ver porque no has pagado dices que tu te niegas a pagar los 150€ pero no el resto. Les dices que te lo pasen por facturas distintas, ademas de presentar la corresponidnete denuncia.

Mientras tengas puesta una reclamacion en la OMIC, OCU, Usuarios Teleco, no te pueden meter en la ASNEF.

asmon

He firmado con Orange el paso de dos líneas de Euskaltel a mediados de Noviembre y hoy he visto que en la factura de Diciembre Euskaltel me cobra 150 € de penalización por baja anticipada.
Le ha ocurrido a alguién anteriormente. ¿Qué pasos me aconsejáis?

De momento han conseguido que también deje de ser cliente en telefonía fija e internet.
Saludos.

🗨️ 29
jonnysword

1. Dí al banco que no pague esa factura.

Si tienes mas servicios de euskaltel en la misma factura pide que te la desglosen.

2. Vete a la oficina del consumidor y pon una denuncia. Creo que los números de teléfono, email, fax etc. handan purulando por por aquí.

Harri

Acabo de hablar con un abogado esta tarde y me ha comentado que euskaltel esta en pleno derecho de hacerlo... que hara esta por ver.

juantxo85

Devuelve la factura y presenta una denuncia.

Si te dicen que el cobro te lo hacen por el movil subvencionado vas y se lo das, aunque este destrozado.

Gasteiz

Podrias escanear la factura (tapando tus datos personales), me muero de la curiosidad de ver que SE HAN ATREVIDO!!!

Es su sentencia de muerte. Socialmente ni aunque pongan a la abeja Maya junto a la mariposa van a recibier ni un respeto.

Ari

Hoy en día es ilegal cobrar esa cantidad, cómo penalización, por una baja anticipada.

Mi recomendación : denuncia en el SETSY, aquí www.usuariosteleco.es/

Sólo un par de isps están adheridos al sistema de Arbitraje de Consumo, por tanto las gestiones que realices por este medio son meramente testimoniales.

Saludos

Orangeado

Estas en el derecho de pedir el desglose de la factura. Hacerte cargo del pago ordinario de los servicios contratados de linea etc.. y edvolver unicamente la factura de los 150€, y luego acogerte a arbitraje, si quieres puedes marear la perdiz.

Total Orange luego te lo descuenta. Todavia no he recibido la factura pero me imagino que a mi tb me llegara el cargo. Yo si devolvere la factura pues solo tengo el movil en ella.

Un saludo

🗨️ 3
Ari

No puede acogerse a Arbitraje si Euskaltel no esta adherida a este sistema.

Edito para que quede más claro: sí puede acogerse, pero si euskaltel no está adherido a este sistema, no se someterá a arbitraje si no es por propia voluntad y aún así, estará en su derecho de no seguir ni acatar el dictamen de la Junta Arbitral. Sólo las entidades adheridas están obligadas a presentarse al requerimiento de una Junta, y a acatar su decisión.

Las demás entidades , si lo hacen, que nunca lo hacen ya que no están obligadas, es de forma voluntaria.

🗨️ 2
ashet

Euskaltel si esta adherido al arbitraje

🗨️ 1
Ari
juantxo85

Como esto sea verdad yo se de uno que se va.

🗨️ 2
BocaDePez
BocaDePez

[ Contenido borrado por el moderador ]

🗨️ 1
msg

Es decision suya lo que hace, no tuya

Harri

Vuelvo a decir euskaltel lo ha puesto claro desde el primer dia. y al parecer esta en pleno derecho.

al parecer la permanencia solo habla de euskaltel y euskaltel en ningun momento a cambiado tarifas,contratos... siendo esto asi se tomaria como una rptura de contrato por parte del cliente segun abogado

🗨️ 16
Orangeado

el cliente era "libre" xa elegir juasss

toma impuesto revolucionario ;)

Eso va ayudar a su trabajada fama

juantxo85

Pues dile a tu abogado que no tiene ni zorra idea. Si cambiar la 1ª clausula de un contrato no es modificar las condiciones apaga y vamonos.

Si añadir 17 clausulas nuevas a un contrato no es cambiar las condiciones tambien apagamos y nos vamos.

Yo si me llega la penalizacion de los 4 moviles, doy de baja TODO, les llamo, les digo que les pago todos menos la penalizaciones, presento una denuncia y me paso a Pazztel.

🗨️ 2
Harri

yo en todo momento he hablado de un terminal renove e. no se si el caso sera diferente pero bueno.

lo interesante seria enviar una copia a facua. pero creo que ya deberia haber hablado.

🗨️ 1
Holis

Yo lo que no entiendo es como por ejemplo a alguien que le quede un mes de contrato le hobliguen a firmar otro contrato de 18 meses. Cuando lo logico seria que firmase el tiempo que le queda. Vamos, digo yo.

🗨️ 7
Ari

Es que eso es ilegal :P

🗨️ 5
Ari
🗨️ 3
Ari
ashet
BocaDePez
BocaDePez

euskaltel no te hace firmar ninguna permanencia
si actualmente te queda un mes sigues teniendo un mes de permanencia.
alargas la permanencia solo si renuevas

jonnysword

euskaltel cambio las condiciones del contrato, el contrato está inválidado y su anexo por lo tanto también....

gubpy

Segun el abogado ese tiene pleno derecho.

Ya sabemos que en este pais todo el mundo tiene pleno derecho a todo.

Que suben tarifas.........................pleno derecho.
Que no suben velocidades...............pleno derecho
Que se corta la conexion................pleno derecho
Que se olvidan de nosotros.............pleno derecho
Que modifican las condiciones del contrato.....pleno derecho
Que cambian la operadora de movil.........pleno derecho
etc, etc, etc, etc.............pleno derecho

Hacen lo que quieren porque tienen pleno derecho.

Pero si hablas con un abogado de la parte contraria te dira
que tambien tienen pleno derecho los clientes (pero eso se lo pasan por ................).

No seamos inocentes, pleno derecho es una expresion muy tipica para decir que o lo aceptas o ya puedes denunciar porque es asi porque lo digo yo y punto.

Lo unico que se seguro es que kktel va a cobrar todo lo que pueda, sobre todo a los que saben que ya se van a otra empresa. Aunque los que estamos todavia aquí (de momento) nos esten sableando mes a mes.

Todo eso yo le llamo pataleo.

🗨️ 2
jonnysword

lo que no se dan cuenta los de euskaltel es que ahora todo el mundo les mira de reojo, porque quiere saber cual será la siguiente oferta, el siguiente movimento. Si empiezan a hacer barbaridades como estas ahora que todos les estamos mirando....en fin, todos sabemos lo que pasará

Harri

Ami me comento que siempre que no se ambien tarifas y clausulas se podria hacer... no lo sep. En caso de los anexos no le comente yo solo le comente un contrato de renove sin mas

BocaDePez
BocaDePez

donde has visto que te cobran los 150 euros? te ha llegado la factura o por internet? pq yo se de dos personas que les ha llegado la ultima factura de euskaltel y no les han cobrado nada por baja anticipada. no es posible que se dediquen a cobrar a unos si y a otros no,eso si que es ilegal y denunciable.

txus007

Juantxo me han cerrado el hilo, no se por que ni creo ke sea duplicado con este,ya que en ese hilo pretendia que alguien colgara la factura, pero yo esta misma mañana si he podido ver la factura por la web de Euskaltel y a mi no me lo han cobrado, decir que a mi los 18 meses de marras cumplia ahora en enero, y me pase a Orange en diciembre.
Salu2

🗨️ 12
juantxo85

Pues yo no lo puedo mirar. Que cosa mas rara, no me carga.

Ari

Teneis abiertos varios temas sobre facturación en las últimas horas en la primera página del foro

¿nuevo concepto en factura euskaltel?
Consulta facturas online. ¿Os funciona?
Este Para que luego se diga por aki que van a cobrar los 150 eur.
Y el que tu has abierto Sobre el cobro de los 150€

En total cuatro muy relacionados entre sí. Alguno de ellos puede pasar pero el que tu has abierto está directamente relacionado con el tema que se ha abierto en este hilo. Hasta el título se parece :) No podéis, por cuestiones prácticas y de orden en el foro abrir un tema cuando hay otro activo hablando de lo mismo. El tuyo se puede considerar un subtema dentro de este tema, una derivación de lo mismo.

Siento que no lo veas así, pero creo que la información sobre un mismo tema queda más ordenada en un mismo hilo, y para quien quiera consultar la información encontrarla toda en el mismo lugar, y no toda desperdigada en varios. Entiendo que es una simple cuestión de practicidad.

Saludos

🗨️ 10
txus007

si pero si lo ke pido es una factura a alguien ke le haya llegado en ke hilo lo pongo, que no hablen de otras cosas
salu2

🗨️ 5
Ari

en ke hilo lo pongo, que no hablen de otras cosas

ya te sugerí que lo pusieras en este :) Si no quieres mi explicación, ni leerla, y crees que he hecho mi trabajo mal
puedes abrir un hilo en el foro de bandaancha Foro Tele2 donde puedes quejarte tanto cómo desees: estás en tu derecho :)

Saludos

🗨️ 4
BocaDePez
BocaDePez
🗨️ 3
Ari
🗨️ 2
Ari
txus007

kieres ke te ponga hilos ke hablan de lo mismo y no estan cerrados??

🗨️ 3
lum41429

No es necesario. Limitate a entender que hacemos nuestro trabajo para que vosotros encontreis un foro lo mas ordenado y limpio posible y ya está. Sin mas lugar a discusión.
Gracias.

🗨️ 2
BocaDePez
BocaDePez
🗨️ 1
msg
Gasteiz

A mi hermano este mes aún no le ha llegado el susto de los 150 €.

Se puede ver la factura por la web de Euskaltel.

🗨️ 41
eLToPoNaRaNJo

de todas maneras susto, susto...

:-|

Deberia haber tenido claro que se lo podian/pueden cobrar. El unico sitio donde se ha dicho que no es en los foros.

Euskaltel esta en pleno derecho en cobrarte la penalización pues fue ella como empresa la que asumio la subvención del terminal. Esta subvencion es un anexo independiente al contrato. Tu puedes pedir la resolución del mismo por incumplimiento o cambio de condiciones, pero el contrato de permanencia ahi esta y debes abonar la subvención. no le busqueis 3 pies al gato que el tema es así por mucho que se diga que no se aceptan las condiciones tal y cual..etc...

🗨️ 40
juantxo85

Yo no creo que sea independiente ese anexo. De todas formas no hay ningun problema, yo les entrego el telefono y a correr.

ashet

loq me han dicho hoy, no se agarran tanto al tema del temrinal subvencionado, sino a un punto en el contrato que permite ciertos cambios. Y que segun los abogados, permite los cambios que se han realizado.

🗨️ 38
juantxo85

Jajajajaja, si claro.

Si te hicieran eso a ti en tu contrato laboral que dirias?

"Señor ashet, le hemos bajado el sueldo 1.000€ este mes, ya que como figura en el contrato podemos cambiar las condiciones unilateralmente. Ya sabemos que es injudto pero la ley nos amapra"

HaEstos de Euskaltel son gilipollas, se van a hundir en la miseria.

🗨️ 37
ashet
BocaDePez
BocaDePez
🗨️ 35
juantxo85
🗨️ 34
juantxo85
🗨️ 13
ashet
🗨️ 11
ashet
juantxo85
🗨️ 7
ashet
ashet
ashet
🗨️ 1
ashet
🗨️ 2
ashet
🗨️ 3
ashet
🗨️ 1
ashet

Euskaltel va a pasar los 150 €a todo kiski y el bufete de abogados ya ha dicho que es totalmente legal y que el que quiera que se vaya la OCU op al OMIC o al EKA ...

🗨️ 65
eLToPoNaRaNJo

La ultima noticia que tengo yo es que sí se va a cobrar.

🗨️ 19
ashet

A mi em lo han dicho hoy en el nuevo curro ( ya dije ayer q dejaba la timo ), y me han dicho en que se basan legalmente :)

juantxo85

Que divertido.

Pues mi ultima noticia es que no voy a pagar. Ni los 150€, ni lo cosnumido este mes, ni internet, ni el telefono, ni la tele ni nada.

Veras lo bien que nos lo vamos a pasar. :-D

🗨️ 17
ashet

pues nada, a ASNEF que iras.

🗨️ 15
juantxo85
🗨️ 14
katxis
ashet
🗨️ 10
juantxo85
🗨️ 6
katxis
🗨️ 5
ashet
🗨️ 1
katxis
juantxo85
🗨️ 2
katxis
🗨️ 1
gus
🗨️ 2
BocaDePez
BocaDePez

estas en tu derecho...
pero tenlo claro eres tu quien no ha cumplido el trato y el unico culpable...

eso pasa por hablar sin tener claro... decias que rompia el contrato pero no...

jafl

Pues bueno que los pase, con esa medida la que pierde a la larga es euskaltel, a los clientes les jodera en el momento, pero total orange se los ira reintegrando en consumos, con lo que lo comido por lo servido, y cuidado con 2 cosas una la fuga de clientes ya te digo yo que a los que les cobren los 150 un porcentaje muy alto dara de baja todo lo que tenga con euskaltel, y otro el tema legal yo no soy abogado y no se lo que le habran dicho sus abogados a euskaltel, pero ya se puso en su dia la respuesta qeu el consejo superior de las telecomunicaciones dio sobre el tema a un usuario del este foro, y a mi un amigo abogado me ha dicho que lo tienen perdido el problema no es que el cliente se haya marchado sin cumplir la permanencia, lo cual si es ilegal, el problema es que el cliente puede alegar que se ha marchado por que euskaltel ha modificado las tarifas y no lo ha notificado conforme a la legalidad y eso si esta claro.

🗨️ 44
katxis

Tambien ha modificado su cobertura

🗨️ 38
juantxo85

Y 15 clausulas mas:

RESUMEN DE LAS MODIFICACIONES RESPECTO DEL CONTRATO ANTERIOR

1.- Con carácter general, el contrato supone la adaptación de sus condiciones a lo dispuesto en la Ley 32/2003, General de Telecomunicaciones, y al Real Decreto 424/2005, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios.

2.- En la 1.- OBJETO DEL CONTRATO

Se recoge expresamente la posibilidad de adhesión a plazo mínimo de contratación o compromiso temporal de permanencia en el servicio cuyo detalle se suscribe en documento anexo.

3.- En la 2, PRECIO DEL SERVICIO

Se recoge además de la voz, la aplicación del precio a los servicios de datos que, en su caso, pueda utilizar el cliente.

Asimismo, se recoge que cambios sucesivos de tarifas devengarán para el cliente un cargo de 6 euros. Igualmente, que en el caso de que el Cliente se hubiera adherido a un compromiso de permanencia en Tarifa y antes de transcurrido el plazo comprometido cambiara su Tarifa, el Cliente se obliga a satisfacer a Euskaltel, en su caso, la penalización estipulada.

Se establece también que en caso de otorgarse al Cliente descuentos en factura o la aplicación de Tarifas que comporten franjas temporales u horarias sin coste para el Cliente, tarifas planas o un límite de facturación máxima por tiempo o volumen de tráfico telefónico, las mismas serán incompatibles con cualquier sistema que implique la concentración, transformación o conversión de llamadas o del tráfico, reservándose Euskaltel en tal caso, bien la resolución contractual, bien la facturación al Cliente del tráfico efectivamente cursado y/o sin aplicación de tales limitaciones o descuentos.

También que Euskaltel se reserva, en caso de predisponer tarifas planas o un límite de facturación máxima por tiempo o volumen de tráfico telefónico, la posibilidad de aplicar a las mismas un incremento equivalente al aumento que experimente anualmente el Indice de Precios al Consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo oficial que lo sustituya.

4.- En la 3.- FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO

Se incluye que El Sistema de Gestión de Euskaltel, en el que se incluye el proceso de Facturación y Cobros, está certificado según la norma de calidad ISO 9001:2000 y es auditado periódicamente por un organismo externo.

Se recoge expresamente que Euskaltel desglosará en las facturas la parte correspondiente a servicios soporte de servicios de tarificación adicional y la parte correspondiente a los prestadores de servicios de tarificación adicional, si es posible, indicando la identidad y número de identificación fiscal de tales prestadores. En caso de desconocer dicha identidad, Euskaltel informará sobre la identidad del operador de red de tarificación adicional con el objeto de que el Cliente pueda dirigirse al mismo para que le proporcione tal identidad.

Se recoge también que Euskaltel no se facilitará el detalle del origen de llamadas recibidas en roaming.

Se recoge, en defecto de domiciliación del pago, que resulta posible el pago en metálico en la sede social de EUSKALTEL, si bien esta modalidad de pago deberá ser elegida de forma expresa

Se establece que las facturas no abonadas en las fechas previstas, por causas no imputables a la entidad de crédito, devengarán interés legal. En caso de impago de cantidades presentadas al cobro en el domicilio bancario de pago designado por Cliente, Euskaltel se reserva el derecho de exigir el pago del cargo o comisión correspondiente por el importe no atendido, establecido como máximo en un 2% de la cantidad devuelta con un mínimo de 2 Euros.

Se establece que Euskaltel podrá solicitar la entrega de cantidades en concepto de anticipos a cuenta de la facturación, que no devengarán interés a favor del Cliente, por el importe que, en función de los servicios contratados y/o el volumen de consumo estimado disfrutado, en su caso, predisponga Euskaltel y acepte el Cliente. Sí el valor de las llamadas excediera de dicho anticipo Euskaltel podrá facturar y remitir al cobro la cantidad correspondiente o saldo pendiente de forma inmediata.

A la entrega del anticipo Euskaltel vendrá obligada a expedir recibo, y a la facturación deberá detallarse tal concepto.

A la extinción del contrato Euskaltel retornará, en su caso, el saldo anticipado a favor del Cliente una vez realizadas las comprobaciones necesarias, incluyendo las referidas al disfrute del servicio de roaming. Las cantidades anticipadas podrán aplicarse, en su caso, al pago de cantidades debidas por el Cliente a la resolución del Contrato.

Se suprime la posibilidad de suspensión temporal del servicio a solicitud del cliente que en el contrato anterior se recogía como Condición 5.

5.- En la 4 GARANTÍAS DE PAGO

Se modifica la 4.del contrato anterior, y se establece que Euskaltel podrá solicitar, tanto en el momento de contratación como en el curso de la vigencia del contrato, la constitución de una garantía de pago consistente en depósito de garantía no remunerado en efectivo o aval bancario.

6.- En la 5.- SUSPENSIÓN DEL SERVICIO

Se establece un nuevo régimen de suspensión por impago ante la no exigibilidad por la nueva legislación del procedimiento y plazos recogidos en la Condición 6 del contrato anterior. De este modo, si el Cliente no atendiera parcial o totalmente el pago de las cantidades adeudadas Euskaltel quedará facultada para realizar las gestiones necesarias para restringir las llamadas salientes y/o suspender el Servicio correspondiente al Contrato y los Anexos asociados al documento de cargo cuyo importe haya sido impagado..

Se recoge expresamente lo establecido por la legislación en materia de suspensión del Servicio en caso de disconformidad del Cliente con la facturación de servicios de tarificación adicional.

Se establece que el cliente deberá abonar el importe devengado en concepto de reactivación del servicio en caso de producirse.

7.- CONDICIONES DEL SERVICIO

Se recoge que el Cliente deberá atenerse a las instrucciones y comunicaciones de Euskaltel relativas al uso correcto de los servicios, y respetar las disposiciones vigentes de las autoridades en materia de Navegación aérea y Tráfico. Ni Euskaltel ni el Operador del Servicio serán responsables en los casos en que se den circunstancias fuera de su control como los de fuerza mayor o caso fortuito, ni cuando deba prevalecer el orden público. Los servicios soporte para prestadores de servicios de tarificación adicional serán facilitados por el Operador del servicio de acuerdo al Código de Conducta aplicable.

Se establece que en caso de interrupción por causa de fuerza mayor Euskaltel compensará al Cliente con la devolución automática de los importes en concepto de cuota y otras independientes del tráfico, prorrateado por el tiempo que hubiera durado la interrupción, quedando totalmente excluidos los servicios de cobertura internacional de llamadas (roaming) prestados en el extranjero por operadores distintos al del operador del servicio facilitado por Euskaltel y no tarificados en la red de aquél.

Se establece que no habrá lugar a indemnización alguna por la interrupción del Servicio debida al incumplimiento grave del Cliente, por fraude, mora en el pago, a daños en la Red debido a la conexión por el Cliente de terminales cuya conformidad no haya sido evaluada de acuerdo a la normativa vigente, o al incumplimiento de los códigos de conducta que se hayan establecido cuando el Cliente sea un prestador de servicios de tarifas superiores.

Se establece que, como adecuación a la nueva legislación, en caso de producirse una interrupción del servicio, el Cliente, cuando proceda, tendrá derecho a una indemnización automática.

8.- En cuanto a la 7.- TARJETA SIM

Se establece que el contrato no ampara la utilización de tarjetas SIM fuera de dispositivos móviles salvo autorización expresa y previa por parte de Euskaltel.

Asimismo, que corresponde al Cliente realizar un uso responsable de todos los servicios y/o funcionalidades y que en caso de que el Cliente sea provisto de una Tarjeta SIM supletoria (Tarjeta ECO), que permita al Cliente utilizarla simultáneamente junto a la tarjeta SIM principal para recibir y realizar llamadas distintas, responderá el Cliente de todo el tráfico, uso y mal uso que se haga de dicha tarjeta SIM, y de los cargos que por su utilización correspondan.

9.- En la 8.- RECLAMACIONES

Se establece el procedimiento de la nueva legislación en cuanto a que en caso de reclamación formulada telefónicamente a través del servicio de atención al cliente, podrá solicitar un documento acreditativo de la presentación y contenido de la queja o reclamación.

10.- PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES

Se establece expresamente que el impago de todos o alguno de los servicios contratados por el Cliente, facultará a Euskaltel, a comunicar este extremo a los servicios y entidades de información sobre solvencia patrimonial y de crédito, así como que Euskaltel podrá comprobar la solvencia del Cliente, por sí o por quien actúe por su cuenta e interés, mediante el acceso a informes de entidades financieras y/o ficheros automatizados en los que los datos de carácter personal se hayan obtenido de conformidad con las disposiciones vigentes, así como verificar la exactitud de los datos aportados por el Cliente. El Cliente autoriza con la firma del contrato el tratamiento automatizado y mantenimiento de estos datos sobre solvencia financiera con fines estadísticos y de evaluación de la solvencia y valoración del riesgo previo a la activación de los servicios

11.- En la 12, - DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CLIENTE.

Se añade respecto al contrato anterior que El Cliente tendrá derecho a:
a) Formular las reclamaciones que procedan en la forma prevista en las presentes Condiciones.
b) Resolver o desistir del presente Contrato sin perjuicio de los compromisos particulares de permanencia a los que el Cliente se haya adherido y/o cargos derivados de los mismos.
c) Conectar, cuando proceda, con los servicios suplementarios o de valor añadido que se presten o los que en el futuro se establezcan y configurar las opciones posibles de los servicios que estén disponibles.
d) Solicitar expresamente la conexión de los servicios de llamadas de tarifas superiores y de llamadas internacionales, y solicitar su desconexión previa comunicación a Euskaltel, gratuitamente tres veces al año mediante llamada al servicio de atención al cliente el de llamadas internacionales y adicionalmente, remisión de fax para la conexión y/o desconexión de servicios de llamadas de tarifas superiores, acreditando para ello su identidad y operando como referencia el número de solicitud, con una antelación mínima de diez días a la fecha en que deba tener lugar la desconexión. en caso de que la desconexión no se produjera tras dicho plazo de diez días, por causas no imputables al cliente, serán de cargo de euskaltel los costes derivados del servicio cuya desconexión se solicita.
e) A recibir facturas no desglosadas.
f) A que no se produzca la suspensión o interrupción del servicio por impago de la factura por servicios de telecomunicaciones y a devolver su importe si la hubiere pagado, en caso de que la factura no contenga el desglose de la parte relativa a servicios de tarificación adicional disfrutados.
g) Exigir una indemnización de acuerdo a lo previsto en la Condición 6, y los parámetros y método de medida que, en su caso determine el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

En la 13.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE EUSKALTEL

Se establece adicionalmente al contrato anterior,

Euskaltel tendrá derecho a:

• Proceder al cobro al cliente las cantidades establecidas en compensación al gasto originado por más de tres anulaciones al año de conexiones a servicios de tarifas superiores.

• Resolver el contrato y gestionar el cese del Servicio en los casos en que el Cliente incumpla sus obligaciones, incurra en un comportamiento desleal o en contra de las exigencias de la buena fe, realice actos que puedan hacer peligrar o perjudicar la Red, que supongan la utilización impropia, ilícita o fraudulenta del Servicio, o, que tengan la finalidad de perturbar o molestar a otros Clientes.

Euskaltel estará obligada a:

• Facilitar la conexión inicial del Servicio y activación del mismo en el plazo máximo de quince días laborables desde la recepción por Euskaltel del contrato y la documentación solicitada, quedando el Cliente libre de cualquier compromiso frente a Euskaltel si en dicho plazo éste no ha procedido a establecer el Servicio.

• Gestionar los medios técnicos necesarios y de organización del Servicio de tal modo que pueda garantizarse eficazmente, en la medida en que los medios técnicos disponibles en cada momento por el operador del servicio lo posibiliten, el secreto de las comunicaciones previsto en la Constitución española.

• Atender, a través de su Departamento de Atención al Cliente, las quejas formuladas y cuestiones que sobre el Servicio pueda tener el Cliente, asignándoles un número de referencia.

• Euskaltel facilitará al Cliente la información adecuada para la mejor prestación del Servicio. Dicha información podrá ser suministrada con carácter general mediante anuncios en los medios de comunicación social o a través de los canales de distribución que colaboren con Euskaltel en facilitar el Servicio.

14.- EXTINCION Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Se establece que si el Cliente desiste del servicio dentro del plazo de 5 días desde la solicitud del mismo, se devengará para éste el correspondiente cargo establecido por cancelación.

15.- COMUNICACIONES

Se establece la posibilidad de que se realicen telefónicamente de acuerdo con la información de utilización del Servicio suministrada al Cliente o que se facilite en el futuro para mejorar el Servicio.

Asimismo, se pone a disposición del cliente para información relacionados con el Servicio y sus condiciones, el sitio web en Internet www.euskaltel.com y un buzón de sugerencias al que se accede haciendo click en Area cliente/Particulares/Sugerencias.

Por último, se suprime la Condición 18 del contrato anterior, que hacía referencia al Acuerdo de Colaboración suscrito entre Euskaltel y Amena.

Le agradecemos su colaboración, y le recordamos que estamos a su disposición en el telefono gratuito de atencion al cliente 1717, habilitado en los siguientes
horarios:

- Averías, robos, pérdidas y recargas: durante las 24 horas del dia.
- Información general: de lunes a viernes de 8.00 h. a 24.00 h. y
sabados de 8.00 h. a 14.00 h.

Sin otro particular, mas que agradecerle la confianza depositada en nosotros, reciba un cordial saludo.

--
Euskaltel, S.A.

Además, se han negado a ofrecerme el servicio que contraté, durante el periodo MINIMO que contrate:

OBJETO DEL CONTRATO: Por el presente contrato de duración indefinida , Euskaltel, S.A. (en adelante Euskaltel) pone a disposición de la persona física o juridica cuyas circunstancias quedan reseñadas, el Servicio pospago de Telefonía Móvil GSM de RETEVISIÓN MOVIL (en adelante el Servicio) exclusivo de AMENA, así como una serie de servicios suplementarios reseñados en el contrato, en la información del servicio y que en el futuro se presdispongan, de acuerdo con las tarifas y dentro de los limites de credito que en su caso se predispongan con la aceptación del cliente durante la vigencia del contrato.

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Holis
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BocaDePez
BocaDePez

el asunto esta en ke euskaltel mantiene todas las tarifas y servicios

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BocaDePez
BocaDePez

No es cierto. Antes podía llamar a mis colegas Amena/Orange de Navarra a 3cent. Desde el 15 de Diciembre se tarifican como "otro operador"

jonnysword

Ni la misma cobertura, ni los mismos servicios, ahora lo de las tarifas....... ESO SI QUE LO MANTIENEN............

Justo lo que los clientes no querían, eso lo mantienen.

Pero....A VER SI OS ENTERAIS; QUE AHORA SOIS OMV!! Y un OMV tiene que tener tarifas OMV!!

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okersss
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katxis
ametsa86

Yo n o sé de que ostias os quejais, si cuando decidisteis no migrar a euskaltel, sabíais perfectamente que iban a cobrar los 174 euros. Además, si Orange os lo va a descontar en facturas no??

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Atlantis2004

Solo yo pienso que esto a Euskaltel le puede salir mas CARO que la recuperacon de los 174 Euros por gente que se haya pasado a Orange?

Yo lo tengo muy claro si me los quieren cobrar que lo hagan , no pienso pelearme , no tengo ganas de andar removiendo mierda , simplemente llamare a orange como me han dicho les enviare la factura por fax y como me han prometido me lo descontaran en las facturas siguientes.

Acto seguido Llamare a Telefonica y contratare su adsl que ya tuve y funcionaba muy bien , con su imagenio .

Despues llamadita al 1717 para que me den de baja , habran ganado 174 Euros , pero es que entre una cosa y otra en mi casa se facturan 160 al mes con Euskaltel , un calculo rapido

160 x 12 ========= 1920 Euros por año 8-)

Como yo mucha gente cabreada hara lo mismo , por que precisamente las personas que se han movido a Orange son en su mayoria , los que no les pasaran ni una a la mariposa naranja.

Asi que recuperaran sus 174 Euros , pero lo que perdaran a la larga sera mucho mas tanto en imagen ( Vaya marketing ) , como en Euros gracias a un bonito Efecto Domino

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lum41429

Yo tambien lo pienso. Además, legalmente, para que un contrato tenga validez ante un juez debe tener firmadas TODAS las hojas. Solo se acepta aquello que está en la misma página/cara del folio que se firma.

No tengo ni idea pero ¿hacía Euskaltel firmar a los clientes la hoja del anexo ese del que hablaban antes?

Si no está expresamente firmada, no está legalmente aceptada.

ametsa86

Yo sigo sin entenderlo..

cuando orange nos ofrecio a todos lo del 5o% nos dejaron bien klarito k euskaltel kizás pasase la penalización.pero q ellos lo pagarían.. entonces toda la gente acepto esa oferta sabiendo las consecuencias que podía haber por parte de euskaltel.

Yo les entiendo perfectamente, me vendieron un movil subvencionado (exactamente el 6230) por 50 euros en julio dl 2005. Hoy por hoy, ese movil todavía tiene un precio superior a los 200 euros. Van a perder todo el dinero que ellos nos han subvencionado saquel entonces???

Nosotros aceptando el movil aceptamos lo de la penalización de los 174 euros.

Yo si al final me hubiese cambiado a orange, no me preocuparía. Iría a orange y les diría que me han cobrado, y que ahora ellos me descontasen lo que prometieron. Vosotros no vais a perder nada, en caso de perder perdería orange, teniendo que pagar una penalización de la cual no tendrían que hacerse cargo, ya que esos moviles eran de euskaltel y no de la antigua Amena.

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juantxo85

Ellos tambien sabian perfectamente que al cambiar las condiciones de los contratos estos se rompian sin tener que pagar la penalizacion pero en cambio las cambiaron. Que exigen entonces ahora?

katxis

cuando orange nos ofrecio a todos lo del 5o% nos dejaron bien klarito k euskaltel kizás pasase la penalización

De dejar bien clarito nada. Orange a mi me dijo bien clarito, k lo de cobrar la penalizacion es ilegal y k no podian hacerlo, ante mi insistencia de k vale es ilegal pero ¿ y si la cobran ? respuesta: no se la van a cobrar, y me dijo lo de k la pagan ellos, Pregunta mia y si estan tan seguros de k no la pueden cobrar ¿ pork me dice k si me la cobran ustedes me la pagan ? Nosotros estamos tan seguros de eso, k es para su trankilidad.

Mas o menos.

txus007

Si fue en julio del 2005 ya han pasado los 18 meses, asi que nada de panalizacion, yo en esas fechas tambien cogi un nokia 6230 y los de Euskaltel al darme de baja ahora en enero, me dijeron que ya no tenia penalizacion.
Salu2

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juantxo85

Yo tambien lo pienso, y yo tambien daré todo de baja.

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jonnysword

Mucha gente se va a rebotar y va a dar todo de baja. les va a salir caro a esos TXORIZOS de euskaltel a medio plazo la jugarreta esta...

Que sigan, que sigan con su política de rascabolsillos esa cuadrilla de Txupopteros

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jafl
BocaDePez
BocaDePez

Buenas foreros,

Yo me suelo limitar más bien a leer en este foro, pero viendo cosas que se han escrito en este hilo sobre la legalidad o no de cobrar los 150€+iva, he decidio postear, aunque no se tenga en consideración mi post por ser un BocaDePez.

Yo he mandado una consulta directamente al ministerio sobre el cambio de condiciones y la susodicha penalización, contrato escaneado incluido. Su respuesta ha sido la siguiente (las negritas son suyas):
-------------------------------------
Estimado Sr. XXXXX,

En relación a su consulta recibida a través de nuestra pagina web el día 12 de enero, le informamos de lo siguiente:

Los operadores pueden realizar modificaciones en los contratos avisándolo al abonado con un mes de antelación. Además tienen que informar en la notificación del derecho del abonado a darse de baja sin penalización alguna si no está de acuerdo con las nuevas condiciones.
Si el operador cambiara de nombre pero las condiciones del contrato no cambiaran y el servicio que le prestan fuese igual, no se aplicaría esta normativa.

Recuerde que para cualquier duda o consulta , puede contactar con nosotros a través del numero 901 33 66 99 o bien en nuestra web www.usuariosteleco.es

Reciba un cordial saludo

Oficina de atención al usuario de Telecomunicaciones
---------------------------------------------------------------

Quería pegar un escaneado del ANEXO a mi contrato, en el que se habla de la penalización, pero no se cómo hacerlo. En él se dice que son 150€ imp. incluidos, no 150+iva.

Viendo esto y más material que se ha puesto en este foro, parece ser que no nos pueden cobrar ni 174 ni 150. Y, si lo hacen, además de activar la ira popular, estarán realizando algo ilegal que, tarde o temprano, les pasará factura en los tribunales.

Y quede claro que, aunque yo hubiese firmado que Euskaltel me puede cambiar las condiciones a su bola sin decirme nada, la ley está por encima, y ésta dice en su artículo 107 que han de avisarme y tengo derecho a rechazar los cambios sin penalización alguna.

A partir de esto, cada uno que piense y haga lo que quiera.

Perdón por la chapa y un saludo,

Uno que pasaba...

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juantxo85

Si ya lo digo yo.

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BocaDePez
BocaDePez

Por cierto, he llamado alguna vez a Euskaltel solicitando que me envíen explícitamente los cambios que hay en mis condiciones, y no me han querido mandar nada.

¿De dónde has sacado tú esos cambios que has posteado más arriba? Es que yo no he recibido ningún tipo de notificación de Euskaltel, salvo la carta que recibí el lunes y que me impulsó a realizar la consulta al Ministerio.

Vamos, que lo que quiero saber es si eso que has posteado es algo oficial de Euskaltel o una comparativa que has hecho tú...

Gracias y un saludo.

Uno que pasaba...

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juantxo85

Eso lo posteo un usuario de este foro. Si no llega a ser por el ni me entero de los cambios.

ametsa86

y tienes razón, n l kontrato pone 150,25 eurosimpuestos indirectos incluidos.

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ametsa86
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ametsa86

lo que pones ahí es por darse de baja la linea.. pero que pasa con los moviles subvencionados??? vamos, que si un cliente se da de alta en septiembre cn euskaltel, se lleva un movil por la face, ahora puede kitar el contrato porke sí??? sin pagar nada?? no lo veo justo laverdad

de todas formas van a penalizar asi k..

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jafl

la respuesta que han dado dice claramente "sin penalización alguna" eso es ningun tipo.

Como penalizen se van a meter en un berenjenal de la ostia, a parte de encabronar a la peña todavía mas.

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ashet

tu contrato de subvencion del movil, no se modifica. y como ya he dicho varias veces, la subvencion del movil, es un hecho.

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juantxo85
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Ari

Se acabo: este hilo se ha conevertido en un " y tu más "

Ya os lo adverti. Cierro el hilo por continuados offtopics y salidas de tono de algunos de los participantes